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Respuesta al presidente de la Conferencia Episcopal Alemana, monseñor Heiner Wilmer SCJ, sobre si se puede confiar a los laicos decir la homilía.
Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos
A falta de una traducción oficial en español, presentamos esta versión rogando a quien quiera hacer una profundización referirse a las versiones oficiales en italiano, inglés o alemán[1].
Comunicado de prensa del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, 23 de junio de 2026
En una carta fechada el 17 de junio de 2026 y dirigida al presidente de la Conferencia Episcopal Alemana, el Obispo Dr. Heiner Wilmer SCJ, el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ha comunicado que no es posible conceder el indulto solicitado el 30 de marzo de 2026 para permitir, en circunstancias excepcionales, que un fiel laico debidamente autorizado predique en lugar de la homilía durante la celebración de la Eucaristía. Si bien expresa su aprecio por las preocupaciones pastorales que inspiraron la solicitud, el Dicasterio reafirma que no es posible dispensar de la disciplina actualmente vigente mediante un indulto, ya que la reserva de la homilía al sacerdote o al diácono no es una mera norma disciplinaria, sino que deriva de la propia naturaleza de la liturgia. La homilía forma parte integrante de la Liturgia de la Palabra, está intrínsecamente vinculada a la proclamación del Evangelio y constituye un ejercicio del munus docendi confiado a los ministros ordenados mediante el sacramento del Orden. La proclamación de la Palabra dentro de la celebración litúrgica es inseparable de la misión recibida sacramentalmente y de la unidad que vincula la Palabra y el Sacramento en la celebración eucarística. La carta subraya asimismo la importancia de promover la formación permanente de los ministros ordenados para que la homilía pueda expresar plenamente su eficacia pastoral y espiritual. Por último, el Dicasterio recuerda que la disciplina actual de la Iglesia ya prevé numerosas formas de proclamación de la Palabra y de predicación que pueden ser confiadas a fieles laicos fuera de la homilía y fuera de la celebración de la Eucaristía, de acuerdo con el derecho canónico y con la naturaleza propia de estas distintas formas de anuncio del Evangelio.
Carta de este dicasterio dirigida al presidente de la Conferencia Episcopal Alemana
Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos
Excelencia Reverendísima, he recibido su carta del 30 de marzo de 2026, con la cual, en nombre de la Conferencia Episcopal Alemana, Vuestra Excelencia ha sometido a este Dicasterio, para su examen, una solicitud de concesión de un indulto que permitiría, en circunstancias excepcionales, una intervención de carácter homilético por parte de un fiel laico inmediatamente después de la proclamación del Evangelio durante la celebración de la Eucaristía. En primer lugar, deseo expresar mi sincera gratitud por la solicitud pastoral que está en la base de dicha petición y por el deseo de asegurar una adecuada atención espiritual a las comunidades confiadas a su responsabilidad pastoral. El indulto solicitado se refiere a la disposición del can. 767 §1 del Código de Derecho Canónico, según el cual la homilía, en cuanto parte integrante de la liturgia, está reservada al sacerdote o al diácono. Tal norma ha sido reiterada en diversas ocasiones por el Magisterio de la Iglesia, en particular en la Instrucción Redemptionis Sacramentum, nn. 64-66, la cual excluye expresamente la posibilidad de que los fieles laicos pronuncien la homilía durante la celebración de la Misa, incluso cuando dicha intervención sea presentada bajo otra denominación. Esta norma no tiene un carácter meramente disciplinar, sino que refleja una realidad intrínsecamente vinculada con la naturaleza teológica y litúrgica de la homilía. En cuanto momento propio de la Liturgia de la Palabra, está inseparablemente unida a la proclamación del Evangelio y a la presidencia de la celebración, y constituye un ejercicio específico del munus docendi confiado al ministro ordenado. Tal responsabilidad del ministro ordenado se arraiga en la naturaleza misma de la sagrada liturgia, que no es simplemente una ocasión de instrucción, sino el lugar privilegiado en el cual los fieles son introducidos en el misterio de la salvación. Como ha observado recientemente el papa León XIV durante la Audiencia General del 20 de mayo de 2026: «La liturgia sostiene a los fieles sumergiéndolos siempre y de nuevo en la Pascua del Señor, y, por tanto, a través de la proclamación de la Palabra, la celebración de los sacramentos y la oración común, ellos son reconfortados, alentados y renovados en su compromiso de fe y en su misión». Puesto que la homilía, reservada al ministro ordenado, pertenece a la estructura sacramental y litúrgica de la misma celebración eucarística, no se puede conceder dispensa alguna, mediante indulto, de la norma establecida por el can. 767 §1, incluso ante la presencia de graves consideraciones pastorales. La predicación de la Palabra de Dios dentro de la asamblea litúrgica está inseparablemente unida a una misión recibida en la Iglesia (cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 875). Dicha misión eclesial se expresa sacramentalmente mediante el Orden sagrado. El can. 1009 §3, según lo modificado por el papa Benedicto XVI con el Motu Proprio Omnium in mentem, establece: «Quienes han sido constituidos en el orden del episcopado o del presbiterado reciben la misión y la facultad de actuar en la persona de Cristo Cabeza; los diáconos, en cambio, quedan capacitados para servir al pueblo de Dios en la diaconía de la liturgia, de la palabra y de la caridad». Esta distinción no establece una desigualdad entre los bautizados, sino que refleja más bien la diversidad de los dones y de los ministerios en el único Cuerpo de Cristo (cf. 1 Cor 12, 18-19). Palabra y Sacramento están inseparablemente unidos en la celebración de la Eucaristía. En consecuencia, la proclamación de la Palabra dentro de la acción litúrgica, sobre todo la homilía, pertenece, en virtud del Sacramento del Orden, al ministro ordenado y no puede ser delegada. Por este motivo, la Ordenación General del Misal Romano afirma claramente: «La homilía la debe decir ordinariamente el sacerdote celebrante o un sacerdote concelebrante a quien éste se la encargue, o a veces, según las circunstancias, también el diácono, pero nunca un laico» (OGMR, n. 66). Por consiguiente, criterios como una elevada formación teológica o una mayor capacidad comunicativa por parte de un fiel laico, por más que en sí sean apreciables, no pueden justificar el encargo de la homilía a dicha persona, salvo lo dispuesto en el can. 766. Tampoco se trata solo de una cuestión de competencia teológica. Para el sacerdote, la preparación y la proclamación de la homilía constituyen parte integrante de su ministerio y de su espiritualidad sacerdotal, y no pueden separarse de ellos. A este respecto, es significativo que el papa Francisco, en Desiderio Desideravi, n. 36, describa el ministerio de los pastores ordenados precisamente como el conducir a los fieles, «domingo tras domingo», al misterio celebrado en la liturgia: «Los ministros ordenados realizan una acción pastoral de primera importancia cuando toman de la mano a los fieles bautizados para conducirlos dentro de la repetida experiencia de la Pascua». Al mismo tiempo, es importante reconocer las reales dificultades que a menudo inciden en la calidad de la predicación homilética. Estas deben alentar un renovado compromiso en la formación, tanto inicial como permanente, a fin de que la homilía pueda manifestar plenamente su «carácter casi sacramental» (cf. Evangelii Gaudium, n. 142). A la luz de tales consideraciones, no puede ser acogida la distinción propuesta entre una «homilía», reservada al ministro ordenado, y una posible «prédica» encomendada a un fiel laico, dado que el lugar propuesto ―inmediatamente después del Evangelio― y la función ejercida coinciden sustancialmente con los de la homilía misma. Además, no resulta evidente que las circunstancias presentes constituyan una tal emergencia o una verdadera necesidad pastoral que justifique una derogación de una norma tan estrechamente vinculada con la naturaleza misma del acto litúrgico. De hecho, dondequiera que esté presente un sacerdote para celebrar la Eucaristía, está igualmente presente para ejercer el ministerio de la predicación de la homilía, que le ha sido encomendado en virtud de la ordenación. Las situaciones en las que el celebrante se vea impedido —por ejemplo, a causa de una dificultad física temporal— representan tan solo circunstancias ocasionales y limitadas en el tiempo, y no pueden ser consideradas como fundamento de una necesidad pastoral permanente. Por el contrario, donde no se dispone de ningún sacerdote, no tiene lugar la celebración eucarística; más bien, según las normas de la Iglesia, se provee a las celebraciones de la Liturgia de la Palabra, en las cuales oportunas formas de predicación o de explicación de la Sagrada Escritura pueden ser encomendadas a los fieles laicos, sin necesidad de indulto especial alguno. Asimismo, cabe señalar que la disciplina vigente ya prevé formas de predicación que pueden ser encomendadas a los fieles laicos fuera de la homilía y fuera de la celebración Eucarística (cf. can. 766 CIC), y que pueden ser promovidas según las necesidades pastorales de las Iglesias particulares. A este respecto, puede ser útil recordar que, si bien el Código de Derecho Canónico no ofrece un catálogo exhaustivo de tales formas de predicación, tanto su estructura como la praxis de la Iglesia prevén claramente una amplia gama de posibilidades ya fructuosamente presentes en la vida eclesial. Entre estas se pueden contar, por ejemplo, la catequesis (cf. can. 774 §1), la instrucción religiosa, las conferencias espirituales y los encuentros teológicos, las jornadas de retiro y los ejercicios espirituales, así como los testimonios y diversos encuentros pastorales. Análogamente, formas de predicación tales como reflexiones, exhortaciones o instrucciones catequéticas, cuando se realizan dentro de celebraciones constituidas únicamente por la Liturgia de la Palabra —por ejemplo celebraciones dominicales en ausencia del sacerdote, celebraciones de la Palabra de Dios, celebraciones penitenciales o encuentros similares— no constituyen una excepción a la disciplina que regula la homilía, sino que representan más bien una aplicación de las más amplias disposiciones canónicas relativas al ministerio de la predicación. Dentro de este marco, el Obispo diocesano puede, a norma del can. 772 §1, determinar las circunstancias oportunas para tales formas de predicación. Él, sin embargo, no puede dispensar de la norma que reserva la homilía al ministro ordenado (cf. can. 767 §1; Pontificia Comisión para la Interpretación Auténtica del Código de Derecho Canónico, 26 de mayo de 1987, AAS 79 [1987], p. 1249). Los fieles laicos no pueden predicar durante la celebración de la Eucaristía en el lugar reservado a la homilía. Los fieles laicos pueden ofrecer una valiosa contribución a la vida de la Iglesia y al anuncio del Evangelio de muchas maneras, también colaborando en la preparación de las homilías y en otras formas de catequesis y de evangelización. Tal colaboración, cuando es convenientemente promovida, enriquece a los mismos ministros ordenados, en el pleno respeto de los roles distintos propios de cada estado de vida. Las consideraciones expuestas anteriormente confirman que la reserva de la homilía al ministro ordenado dentro de la celebración de la Eucaristía deriva de la naturaleza sacramental y litúrgica del acto mismo, así como de la particular responsabilidad de la predicación de la Palabra en la sagrada liturgia conferida mediante el Orden sagrado. Por este motivo, no puede concederse dispensa alguna, mediante indulto, de la norma establecida por el can. 767 §1. Asegurando a Vuestra Excelencia mi más alta estima, me reitero
devotísimo en el Señor, Arthur Cardenal Roche Prefecto Ciudad del Vaticano, 17 de junio de 2026
Prot. N. 276/26
[1] https://www.cultodivino.va/it/attivita/2026/lettera-al-presidente-della-conferenza-episcopale-di-germania-su.html |




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