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COLABORACIONES



El Contrato de asociación
Francisco Severo Maldonado, el precursor olvidado Javier Fregoso Zárate1

Hacerle justicia al ideólogo más sistemático del nuevo régimen no sólo en el estado de Jalisco, sino en todo México al tiempo del inicio del proceso de su emancipación, de su nacimiento como Imperio Mexicano y, finalmente, como república federal bajo la nomenclatura de Estados Unidos Mexicanos, coloca en primer plano al académico, catedrático y párroco del obispado de Guadalajara, en el bicentenario del nacimiento de la primera entidad federativa del país.2 Durante el proceso de Independencia, fue predominante la idea de crear un documento fundante que sirviera de base jurídico-política para la conformación de un nuevo Estado, similar a la Constitución de Estados Unidos de Norteamérica o de Gran Bretaña. Morelos había actuado en consecuencia al patrocinar e incentivar el Congreso de Chilpancingo, de cuyos trabajos resultó la fallida Constitución de Apatzingán.
Francisco Severo Maldonado, un oscuro cura provinciano de enorme capacidad intelectual, un ilustrado tardío, de forma solitaria y autodidacta se dio a la tarea elaborar, sin más apoyo que una copia de la Constitución de Cádiz y un amplio sentido común, una ley fundamental que organizara el Estado en ciernes. Su trabajo lo realizó en los momentos inmediatamente posteriores a la nueva puesta en vigencia de la Constitución gaditana con motivo de la rebelión de Riego, la cual obligó a Fernando vii a jurar y aplicar la carta política elaborada por el Congreso de Cádiz, abrogada por el propio monarca absolutista en 1814.

Maldonado trasplanta en su proyecto constitucional –en realidad fueron varios proyectos que combinaba unos con otros– el entusiasta espíritu libertario del documento de Cádiz, pero con un ánimo local, americano. La consumación de la Independencia sorprende a Maldonado en su trabajo constitucional, pero de inmediato lo adapta a un México independiente y liberal.

En una paradoja trágica, don Francisco Severo es un visionario jurídico y un ciego político. Está todo el tiempo en el bando equivocado: es partidario de Hidalgo en plena debacle, de los españoles cuando su causa está perdida, y después de Iturbide en su fracaso. Nunca sabe estar con los triunfadores. Sin embargo, tomando de aquí y de allá, de sus propios trabajos constitucionales y de lo poco que se conocía del extranjero, elabora un proyecto de constitución muy avanzado para su tiempo, es decir, totalmente incomprendido por sus contemporáneos e inaplicable en esa época convulsa. Entre las ideas plasmadas en el citado proyecto se encuentran, por ejemplo, la fundación de un banco central, una reforma agraria y otras como la democracia, el gobierno representativo, los derechos humanos y la separación de la Iglesia y el Estado, mismas que se comentarán posteriormente. Por supuesto, esos proyectos no se entienden y mucho menos se aplican. A Maldonado, después de cierta participación protagónica en la historia de México como director de El Despertador Americano –el periódico insurgente de Hidalgo durante su estancia en Guadalajara– y como miembro de la Junta Provisional Gubernativa de Iturbide en el momento de la consumación de la Independencia, se le relega de la vida política y pasa sus últimos años olvidado, afectado de la vista hasta perderla totalmente; pero con una incesante actividad literaria, que mantuvo siempre dictando sus ideas.

La obra de don Francisco Severo estuvo a punto de perderse totalmente. Sin embargo, una labor de meticulosa investigación ha sacado a luz, tal vez sin valorarse adecuadamente, el pensamiento de un precursor de la Independencia que raya, para los conocedores, en la genialidad universal.

1. Orígenes

Francisco Severo Maldonado y Ocampo nació el 7 de noviembre de 1775 en Tepic, población perteneciente al Reino de la Nueva Galicia, durante los apacibles últimos tiempos del virreinato. Sus padres fueron María Teresa de Ocampo y Rafael Maldonado. Ella murió siendo Francisco Severo un niño, y su progenitor volvió a casarse. De su nuevo matrimonio el padre tuvo otro hijo.

Al paso del tiempo, el joven primogénito fue enviado a estudiar a Guadalajara, lugar de discreta y rica vida cultural, rival de la soberbia capital de la Nueva España. Eligió la carrera eclesiástica porque la opción militar no le satisfizo, y no erró. Guadalajara vivía al final del virreinato un momento único: primero el Seminario Conciliar y luego la Real Universidad de Guadalajara opacaron, aunque sea momentáneamente, la brillantez de la Universidad de México y durante algunas décadas se convirtieron en el semillero más ilustre del pensamiento americano de su época. Maldonado es sólo una figura más de una pléyade de personalidades únicas de la historia de México, entre las que se cuentan, durante y después de su momento, a Prisciliano Sánchez, Valentín Gómez Farías y Juan de Dios Cañedo; y más tarde a Mariano Otero e Ignacio L. Vallarta.

2. Vida académica

Maldonado, al ir madurando durante sus estudios, se fue volviendo un discípulo brillante y una persona detestable. Combinó en su personalidad una cultura fuera de serie con una forma de ser odioso. Como detalle humano muy significativo para situar al personaje, es necesario decir que la conciencia íntima de su gran talento, erudición y extraordinaria brillantez en el medio raquítico del virreinato, desgraciadamente ofuscó en gran parte el juicio y la actitud de Maldonado, quien en sus relaciones humanas fue chocante. Además, era exageradamente vanidoso, tanto que don José María Luis Mora, quien lo conoció y trató, lo juzga como “un hombre de vasta lectura, de no vulgar capacidad, excesivamente extravagante y de una arrogancia y presunción inauditas”.3 Alcanzó en la Real Universidad el grado de bachiller en filosofía y teología, adquirió el doctorado en esas mismas disciplinas en 1802, pero previamente recibió las órdenes sacerdotales, en 1799. De estudiante brillante pasó a ser docente en el Seminario Conciliar como en la Universidad, complementando su actividad religiosa con una pluma fecunda; o sea, escribía, predicaba y daba clases. Vida vertiginosa en un mundo apacible. Don Francisco Severo Maldonado llegó a ser una auténtica celebridad en Guadalajara y fue reputado como uno de los hombres más instruidos y talentosos de su tiempo. En una biografía anónima, publicada en 1846, se le llama “teólogo profundo”, “canonista eminente” y se destaca “que los mejores escritos de Legislación y Derecho Público, le fueron familiares y en la Economía Política merecía llamarse sabio”.4

En su labor docente, Maldonado utilizaba textos de escándalo, como el Tratado de las sensaciones de Condillac, que él mismo había traducido, copiado a mano y repartido a sus alumnos. En esta obra se afirmaba que sólo se podría acceder al conocimiento por medio de las sensaciones, lo que provocó la reacción adversa de otros académicos. Otra de sus facetas fue dedicarse a estudiar el federalismo norteamericano, al que admiraba totalmente.

Como era normal en su profesión, al paso del tiempo fue nombrado cura de Ixtlán y de Mascota, oportunidad que aprovechó para efectuar un estudio concienzudo de la literatura avanzada de su época, misma que podía conseguir eludiendo la censura de las autoridades españolas. A sus profundos estudios añadía una frenética obra material.

Fue en Mascota donde Maldonado recibió la noticia del inicio de la insurrección de Dolores y posteriormente de la llegada de Hidalgo a Guadalajara.

3. El inicio de la independencia, Hidalgo y Maldonado El movimiento de Independencia en la Nueva España fue el desenlace lógico de un sistema colonial decadente e ineficaz. Como se ha demostrado históricamente, el colonialismo, es decir, la explotación inmoderada de un territorio y su población, tiene su límite y se agota. España había sido incapaz de lograr una administración adecuada y su propósito único en la primera década del siglo xix era la explotación pura y dura, habiendo quedado muy atrás los loables pero discutibles argumentos evangelizadores de los primeros tiempos.

El monarca español de la época, de pocas luces y mucha mediocridad, era el limitado Carlos iv, digno representante de una ex-potencia que hacía aguas. La invasión napoleónica de 1808 mostró de manera patética la incapacidad emocional y política de la clase gobernante hispana. El papelón hecho por Carlos iv y su hijo el infante y futuro Fernando vii ante la arrolladora personalidad de Napoleón, comportándose como siervos del corso, mostró la debilidad irreversible de los que tal vez hayan sido los peores gobernantes de España en su historia.

La noticia de la cautividad de los monarcas españoles y la imposición como rey del nunca aceptado gobernante José Bonaparte, hermano del emperador francés, provocó una serie de distintas reacciones en las colonias americanas: desde el apoyo incondicional al rey prisionero Fernando vii, hasta el deseo irrefrenable de lograr la independencia aprovechando la coyuntura. Las colonias españolas en América se fueron desgranando una a una, separándose de la madre patria. Guerras insurgentes e independencias, algunas no tan cruentas, caracterizaron esa época de prisión del reconocido y admirado, por no saber cómo era en realidad, rey cautivo Fernando. La excepción fue la Nueva España, que protagonizó la guerra de Independencia más sangrienta de cuantas se dieron en América.

El alzamiento encabezado por Miguel Hidalgo y Costilla fue, como lo dijo Luis González, una auténtica guerra de castas, cuya finalidad era la destrucción total del enemigo.

El cura Hidalgo llegó con sus huestes a Guadalajara después de una caótica campaña militar de rebelión contra el gobierno colonial hispano, iniciada la madrugada del 16 de septiembre de 1810 y que lo llevó hasta las goteras de la capital del reino de la Nueva España, a la que no entró por razones desconocidas, al triunfo de la batalla de Monte de la Cruces, y posteriormente de sufrir una derrota a manos del inefable capitán español Félix María Calleja.

En Guadalajara, el recibimiento dado al que ya se hacía llamar Su Alteza Serenísima fue apoteósico. Esperaba el líder recuperar fuerzas para reanudar la lucha contra los opresores españoles y entró en una reorganización de sus milicias. Fue en ese momento que se dio la entrevista entre Hidalgo y Maldonado. Al parecer, éste le convenció de la pertinencia de la conformación de un periódico que sirviera como órgano de difusión de las ideas insurgentes, para contrastar la propaganda apabullante de La Gaceta virreinal.

Sin proponérselo, Hidalgo y Maldonado crearon uno de los primeros, si no el primer periódico independentista de la América española: El Despertador Americano, obra casi totalmente personal de Maldonado, por supuesto con el visto bueno del cura de Dolores. Los siete ejemplares de El Despertador son una emotiva invitación a la rebelión y a la búsqueda de la libertad. El último de ellos se publicó precisamente el 17 de enero de 1811, día de la derrota definitiva de Hidalgo en Puente de Calderón. Durante esas semanas, de noviembre de 1810 a enero de 1811, la relación entre los clérigos fue tormentosa.

Todo parece indicar que Maldonado se oponía, junto con Allende, a las incongruentes matanzas de españoles en Guadalajara, perpetradas por la turba, toleradas por Hidalgo y que tanto lastimaron al movimiento insurgente. Al final de su estancia en Guadalajara, el rompimiento entre los curas era total. Durante el proceso instruido a Hidalgo después de su detención, donde mostró gran mesura, arrepentimiento y madurez, con la única persona que vació su rencor fue contra Maldonado.

La derrota de Hidalgo dejó a Maldonado, pese a su distanciamiento personal con el caudillo insurgente, en la orfandad total. Había un propósito de represalia completa contra todos aquellos que hubieren cooperado con el caudillo rebelde. La pena era la de muerte.

Don Francisco Severo salvó la vida milagrosamente. Al parecer, su fama intelectual y honestidad personal llevaron al sanguinario José de la Cruz, procónsul en el Occidente novohispano, por directivas del mismo Calleja, a indultarlo y reacomodarlo, además, como director del periódico contrainsurgente El Telégrafo de Guadalajara, que tendría tanta saña contra la revolución independentista que parece increíble que en un sólo hombre existieran personalidades tan disímbolas como en el ex-párroco de Mascota. Después de El Telégrafo, Maldonado dirigió otras mediocres

publicaciones realistas, El Mentor Provisional y El Mentor de la Nueva Galicia, que aletargaron el espíritu libertario del cura. Sería hasta un poco antes y durante la consumación de la Independencia que Maldonado irrumpiría en la escena política con su genio. Publicó una revista, El Fanal del Imperio, de donde surgirían varias versiones de su constitución, El nuevo pacto social y el Contrato de asociación, para aplicarse, la primera, cuando la Constitución de Cádiz se puso en vigencia nuevamente y la Nueva España todavía era una colonia; y la segunda para ser el documento fundamental del recientemente independizado Imperio Mexicano.

En la política práctica, Maldonado fue siempre torpe y miope, lo que no correspondía a su genialidad como ideólogo y politólogo. Supo estar con los perdedores de la lucha política, Hidalgo, los realistas y por último con Iturbide. Al parecer, no le importaba quién gobernara, sino que se aplicaran sus ideas. Sus frecuentes y aparentemente inexplicables cambios de bando en las camarillas políticas, lo echaron del altar de los héroes patrios y lo colocaron como un personaje permanentemente traidor.

Para entender a Maldonado hace falta analizar su obra, casi enteramente desconocida para la cultura actual. De no ser por algunos pocos investigadores de la Unam, de la Universidad de Guadalajara y de países como Chile, Maldonado sería como algunos faraones egipcios: borrado de la historia por sus sucesores, por avatares de la política. Pero para conocer a don Francisco Severo hace falta estudiar su obra, y no su biografía.

4. El constitucionalismo

Para comprender la importancia de los proyectos constitucionales de Maldonado y concretamente el Contrato de asociación, es necesario conocer la tendencia de la época hacia el constitucionalismo, es decir, hacia un régimen jurídico y político basado en principios y valores constitucionales, que en ese tiempo eran antagónicos al absolutismo de los reyes.
El constitucionalismo inglés y concretamente la Constitución norteamericana, fueron el modelo de todos los seguidores de las causas libertarias en el mundo, por lo menos en el mundo occidental. Tener una constitución similar a la norteamericana, podría significar alcanzar su desarrollo económico e institucional. Ahora sabemos que no sólo hace falta una buena ley, sino que también hay que aplicarla. ¿Ignorancia o ceguera? Tal vez sólo una esperanza basada en la creación de buenas leyes para cambiar una realidad mala.

La Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica fue el modelo a seguir para todo país que intentara una renovación. Francia en 1791 en plena revolución, España en Cádiz durante la intervención napoleónica, y las nuevas naciones americanas surgidas de la descolonización, intentaron con mayor o menor fortuna imitar el constitucionalismo norteamericano, en su liberalidad, democracia y tolerancia.

Las nuevas monarquías combinaron en sus constituciones las libertades norteamericanas con el tradicional sistema inglés de limitaciones legales al poder del rey: la Francia revolucionaria y la España intervenida. Asimismo, la Constitución de Cádiz establecía un régimen que llamó liberal de monarquía constitucional, con influencia inglesa, francesa y norteamericana.

La Nueva España no escapó a la fascinación por una constitución. De la admiración que provocó la Constitución de Cádiz entre algunos peninsulares y muchos criollos, se pasó al deseo de los insurgentes, principalmente de José María Morelos y Pavón, de tener una Carta Magna que fuera el ábrete sésamo al progreso, la libertad y la democracia. Demasiadas expectativas puestas en sólo tinta y papel. Maldonado no podía ser la excepción. Puso al servicio de sus proyectos constitucionales toda su cultura, experiencia e inteligencia, realizando un esfuerzo notable y de logros insuperables.

Algunas de las influencias constitucionales de Maldonado, que no podemos saber está qué punto las conoció, son la Constitución de Bayona, la Constitución de Cádiz y la Constitución de Apatzingán.

La Constitución de Bayona, dada por Napoleón al pueblo español reciente y nunca totalmente sometido a la bota francesa. En 1808, cuando el corso se apoderó de buena parte del territorio español, le otorgó graciosamente una constitución que serviría de base jurídica a su hermano José, llamado popularmente Pepe Botella, para gobernar a los indomables españoles, que rechazaron la invasión francesa de una manera inédita hasta entonces, lo que le hizo imposible gobernar de forma normal en el país ibero. A la resistencia de los españoles se unió la intromisión constante de Napoleón en los asuntos de España, lo que humilló a José y limitó sus posibilidades de gobernar.

Pese a convertirse finalmente en letra muerta, la Constitución de Bayona era un documento con cierto valor: establecía una monarquía constitucional al mismo tiempo que daba algunos derechos al pueblo español, emanados originariamente de la revolución gala.

Otro antecedente importante del trabajo de Maldonado fue la propuesta independentista de José Francisco Azcárate y Francisco Primo de Verdad y Ramos, funcionarios del Ayuntamiento de la Ciudad de México, en el sentido de proclamar una independencia interina de la Nueva España en tanto el soberano cautivo Fernando vii no pudiese gobernar con libertad. La emancipación política de la Nueva España comenzó a prepararse varios años antes de que don Miguel Hidalgo y Costilla lanzara el grito de insurgencia en el pueblo de Dolores. La invasión napoleónica de España y los sucesos políticos que ella produjo, entre los que destaca la abdicación de Carlos iv, por una parte, y la indiscutible influencia que sobre el pensamiento jurídico-filosófico de la época ejercieron los principios que se sustentaban en el ideario de la Revolución Francesa, sobre todo los que conciernen a la soberanía popular, por otro lado, suscitaron en la Nueva España la tendencia a establecer entre las colonias españolas en América y la metrópoli una situación política igualitaria.

Así, en 1808, bajo el gobierno del virrey José de Iturrigaray, el regidor del consejo municipal de México, licenciado Primo de Verdad y Ramos, interpretando las ambiciones políticas de la burguesía criolla, propugnó la reunión de las Cortes españolas con la idea de que en ellas tuvieran representación política las colonias americanas, principalmente la Nueva España.

Iturrigaray aceptó el plan que bajo los propósitos del licenciado Verdad le propuso dicho consejo y ordenó la reunión de una junta en la que se discutiría la convocatoria de las Cortes. Dicha junta, compuesta por el arzobispo, los oidores, los procuradores del rey, nobles, burgueses y regidores, tuvo como finalidad principal establecer un gobierno provisional en la Nueva España y sus dominios.

El citado virrey estuvo dispuesto a sostener las decisiones de la junta con todos los elementos materiales de que disponía, pero fue traicionado por el propio encargado de ejecutar el plan, Gabriel del Yermo, y encarcelado, conduciéndosele después a España bajo la acusación de crimen de alta traición. Por su parte, el licenciado Verdad, una vez aprehendido, fue ejecutado, conceptuándosele en México como uno de sus héroes a título de precursor de la Independencia.5

Un antecedente importante e influencia indudable en Maldonado fue la romántica Constitución de Cádiz, producto de un congreso libertario que, resistiendo los ataques franceses, a nombre de Fernando vii se parapetó en el puerto de Cádiz y se puso a legislar en forma progresista a la espera de la liberación del Deseado y con la supuesta aprobación de éste. La culminación de su trabajo legislativo fue la creación de una constitución con el modelo de la norteamericana y del sistema político inglés, conformando una monarquía constitucional, democrática y de respeto a los derechos del hombre, muy avanzada para su tiempo, en que se daba un lugar importante, pero no igualitario, a las colonias americanas y sus representantes.

El documento despertó enormes esperanzas en los espíritus progresistas y en las mentes pensantes de América, principalmente entre los criollos cultos, rápidamente defraudados por un Fernando vii liberado que abrogó la Constitución y desató una persecución feroz contra los diputados de Cádiz, imponiendo un gobierno absolutista muy Borbón. Sin embargo, la semilla liberal estaba sembrada y fructificaría en la rebelión de Riego de unos años después, que impondría al déspota la obligación de jurar, obedecer y aplicar la Constitución de 1812.

Otras influencias tendría Maldonado en su pensamiento constitucionalista. La Constitución de Apatzingán de 1814 es un ejemplo de ello, aunque el cura en ese tiempo tenía o aparentaba una furiosa antiinsurgencia. Ya para fines de la segunda década del siglo xix, la madurez ideológica y filosófica del cura lo llevó a idear, con el método de prueba y error, un sistema, primero para la Nueva España y luego para el Imperio Mexicano, que no se limitaba a lo político, sino que diseñaba toda una estructura social, económica, cultural y religiosa completamente innovadora. Aparte de la falta de difusión en su época, las ideas de Maldonado eran impracticables por ser revolucionarias e incomprensibles para su tiempo.

5. El Nuevo Pacto Social de Maldonado

El Nuevo Pacto Social fue la propuesta de Maldonado a las Cortes españolas en 1821. Se publicó en una especie de revista periódica, con el evidente propósito de que fuera conocido en las altas esferas gubernamentales novohispanas y peninsulares. Existen varias versiones del documento, que estaba compuesto básicamente de artículos, ensayos y un proyecto de constitución, que repitió varias veces y del que incluyó parte en el Contrato de asociación. Su última edición apareció ya consumada la Independencia.

Se puede decir sobre los proyectos constitucionales de Maldonado que no corresponden a una formalidad muy ortodoxa desde el punto de vista de la técnica jurídica. Su lectura por momentos semeja a un panfleto, después a un enlistado de propósitos, y a veces planea y organiza instituciones. Pero quizá las aportaciones esenciales del cura de Mascota se encuentren entre líneas porque es capaz de encontrar la razón última de la problemática nacional y de proponer soluciones.

Como ningún otro pensador –incluyendo a Prisciliano Sánchez–, Maldonado sabe ver las condiciones sociales del país y plantea respuestas concretas. Salta, pues, en la redacción de sus proyectos, del análisis de situaciones específicas, la comparación con países o sistemas, a la arenga triunfalista de un futuro luminoso y a la conformación del aparato del Estado. Algunas fórmulas de El Nuevo Pacto, antecedentes directos del Contrato, son las siguientes:

1. Alaba el momento que vive España al haber entrado una vez más en una etapa de normalidad constitucional y denuesta la tiranía y el absolutismo.

2. Establece los lineamientos de una educación popular gratuita para individuos de la gran masa de ambos sexos que constituye la población nacional.

3. Promueve la creación de millares de empleos de primera necesidad para una muchedumbre de españoles pobres, proporcionándoles medios de subsistencia, incentivando los matrimonios y dotándoles de terrenos abundantes en arrendamiento perpetuo a quienes carezcan de ellos.

4. Lanza la idea, que se volverá recurrente, de la creación de un banco central que haga las veces de montepío.

5. Trata sobre la implementación de un impuesto nacional único que elimine todos los demás, para emprender obras públicas, disminuyendo los diezmos hasta desaparecerlos.

Más adelante, Maldonado hace las propuestas propiamente políticas y administrativas de su obra: la organización de los poderes legislativo y ejecutivo, los salarios de funcionarios, la hacienda pública, los derechos de los ciudadanos, el funcionamiento del poder judicial, la estadística, las relaciones exteriores del Imperio y de la guerra (defensa).

Diversos temas aborda el cura en El Nuevo Pacto, que de alguna forma se repetirán en el Contrato… Sin embargo, es conveniente mencionar una cuarta parte de este documento, que apareció cuando la Independencia se había consumado y contiene una prolija disertación final, ideas que organizará en definitiva con la publicación del Contrato de asociación.

6. El Contrato de Asociación

Esta es probablemente la obra cumbre de Maldonado… Nació como uno más de los proyectos de constitución en el recientemente independizado Estado mexicano. Es el resumen del pensamiento ilustrado de don Francisco Severo, que había mostrado desde El Despertador Americano. Está fechado en 1823 y no aparece el nombre de Maldonado en la portada: únicamente se menciona a El Autor, aunque históricamente se le ha reconocido como su creador. Pese a las confusiones, porque Maldonado mezclaba sus ideas en diferentes escritos, lo que a su vez despistó a autores como Jesús Silva Herzog, que creía que El Nuevo Pacto y El Contrato de Asociación eran la misma obra, la versión que aquí estudiaremos es la que consta de 230 artículos; en el entendido de que hay otra versión en El Fanal del Imperio, que intitula Proyecto de constitución política, con 448 artículos.

Sobre el Contrato de Asociación existen abundantes y profundos comentarios de connotados autores. Por ejemplo, Reyes Heroles dice: Su afán igualitario es evidente. La tiranía es hija de la concentración de la riqueza. Para acabar con ella estructura un sistema de contribuciones sobre la propiedad territorial. Busca acabar con el despotismo “y prepotencia de la aristocracia”, que ve originada por la acumulación de la riqueza.

Por su parte, Alfonso Noriega no cesa de alabar la obra toda de Maldonado, a quien califica de precursor, por haberse adelantado a su tiempo en temas tales como la economía, la policía, los derechos del hombre, la sociología, entre otros.

En el Contrato, Maldonado no pierde tiempo ni se enfrasca en nimiedades: plantea problemas y les da soluciones. Reyes Heroles afirma: Severo Maldonado podría decirse que rompió el concepto tradicional de una constitución –derechos individuales, organización de poderes–, en cuanto se ocupa de cuestiones económicas, como la fuente de los salarios y de los empleos.

Con la lejanía del tiempo, podemos ver como surgidos de la ingenuidad algunos puntos del proyecto… Pero existen otros de evidente actualidad e inclusive con visión a futuro. Uno de los méritos de los grandes pensadores es su universalidad y perenne actualidad. Hay motivos para creer que Maldonado es uno de ellos.

• Aportaciones jurídicas y políticas del Contrato de Asociación

Al principio del proyecto, Maldonado establece la creación de un órgano legislativo llamado “Cuerpo político”, pariente remoto de la organización gremial en su parte más baja, seguido de congresos municipales, distritales y provinciales, culminando con el Congreso Nacional, teniendo todos ellos voz y voto de manera piramidal, remitiendo los acuerdos colegiados a la instancia superior hasta conformar leyes de consenso colectivo. Es notable la participación de los ciudadanos particulares, los cuales podrán tener intervención en las discusiones si tuviesen alguna opinión discordante de las mayorías.

El sistema de Maldonado es pariente lejano de la democracia participativa griega y romana y de la organización cantonal suiza actual.
También incluía el cura de Mascota un poder ejecutivo débil llamado “Supremo magistrado”, dependiente casi en su totalidad del legislativo, anticipándose al mundo de dictadores y caciques que tanto dañarían al país posteriormente.

Para la administración de justicia, el Contrato promueve un poder judicial “libre en el exercicio de sus funciones, y enteramente independiente de los poderes legislativo y executivo” (art. 144). Así, la influencia del poder legislativo sobre los tribunales se limita a la creación de leyes que regulan su actividad y la del poder ejecutivo al uso de la fuerza pública para el cumplimiento de sus resoluciones.

Un punto esencial en el pensamiento de Maldonado es el relativo a la instrucción publica, que coloca como piedra angular de un futuro promisorio: “La instrucción es la gran necesidad y la gran palanca del hombre; en ella domina los astros; sólo por su medio llega á conocer las relaciones que tienen con sus necesidades todos los objetos que le rodean, y sin ella son para él como si no existiesen” (art. 98). En un universo mexicano de analfabetismo, propugna por educación en todos los niveles y con diversas especialidades. Una frase del cura de Mascota lo pinta entero: “El único pecado original del hombre es la ignorancia”.

• Aportaciones económicas y sociales

Algo en lo que sin duda supera Maldonado a sus contemporáneos mexicanos es en la incipiente ciencia de la economía. Don Francisco fue, por derecho propio, un creador de teorías jurídico-políticas. Sobre esta misma base e influido por las teorías de los fisiócratas, planteó, desenvolvió y ofreció soluciones a muy graves problemas económicos que se relacionaron en su obra. Es incuestionable que los programas de acción económica necesariamente, para ejecutarse, requieren de programas adecuados de acción política y administrativa. En un apéndice del Contrato, llamado Sobre la monedación del cobre, el cura propone la acuñación del cobre para aumentar el circulante y suplir la escasez de las monedas de oro y plata. Propone, asimismo, la acuñación de monedas de distinta denominación para todo tipo de transacciones. Es en la parte económica donde Maldonado con mucho se adelanta a su tiempo, proponiendo la creación de un banco central. Aunque el concepto de banco no era nuevo, sí el de banco central. Éste es un banco de bancos encargado de regular la actividad general bancaria, las tasas de interés, el tipo de cambio monetario.

Don Francisco Severo ideaba crear una banca central que monopolizara la emisión de la moneda de circulación nacional e inclusive de papel moneda, utilizando las joyas y campanas de los templos. Ojo: décadas antes de la Reforma. Como complemento, propugnaba por la desamortización de los bienes eclesiásticos para con ellos capitalizar el banco central, mismo que serviría de motor de desarrollo económico. Establece también un apartado de transparencia, a fin de que las cuentas de los movimientos bancarios se publiquen periódicamente.

En otro apéndice se adelanta más de cien años a los postulados de la Revolución Mexicana, porque propone una reforma agraria. Utopía le llama Reyes Heroles. El doctor Maldonado ve la ley agraria, entre otras cosas, como un instrumento para poblar a las regiones alejadas de la nueva nación y como una forma de llegar a la igualdad social: La nación no solamente puede comenzar desde luego á establecer la ley agraria en todos los terrenos valdíos (sic) y en todos los pertenecientes al fomento de las misiones de una y otra California y de las Filipinas, á los ex Jesuitas, á cofradías, legados y obras pías, sino también en las haciendas de muchos grandes propietarios territoriales que, con notable perjuicio suyo y de toda la nación, apenas sacan de sus vastas posesiones unas rentas miserables y mezquinas…

En el último de los apéndices del Contrato, llamado Modo de interesar á todas las naciones en la prosperidad é independencia del Anáhuac por medio de un sistema liberal de comercio exterior, dirigido a extirpar el contrabando y el monopolio, Maldonado propone con más de un siglo de anticipación que la forma comercial más pertinente entre las naciones es el libre comercio entre ellas, a manera de bloques o uniones económicas, y abrir sus fronteras para evitar el contrabando. Cuando faltaban décadas para que iniciara en los países altamente desarrollados la legislación contra los monopolios, Maldonado ideó un mundo con ausencia de aranceles, de libre concurrencia y competencia. Aunque los procedimientos y organismos que planteó el cura no tienen actualidad, el concepto general es innovador y pasaría mucho tiempo para que se aplicara en el ámbito de las relaciones internacionales.

• Aportaciones en los derechos del hombre

El Contrato de Asociación y otros escritos de Maldonado muestran la enorme cultura de su autor en materia de derechos del hombre, algo raro y lejano para el mundo americano español. La declaración de los revolucionarios franceses llegó como un rumor a los miembros de la élite culta de las colonias americanas, Maldonado entre ellos.

En el plan de organización y funcionamiento del sistema de gobierno, tan rigurosamente formulado por Maldonado, tiene un lugar primordial –esencial debería decir–el reconocimiento que hace de la existencia de los derechos naturales del hombre –como él los llama–, así como de la determinación de su naturaleza propia y de su inserción en el pacto social, de tal manera que la salvaguarda, la custodia y la defensa de ellos es la finalidad primera y esencial de dicho pacto y, por tanto, de las instituciones sociales. Aún más, en el pensamiento de Maldonado los congresos emanados del pueblo tenían como primera obligación velar por la conservación de los derechos de todos y cada uno de los ciudadanos.

Para Maldonado existe un orden social y político natural, creado por Dios y regido por las leyes naturales. Por ello, el hombre goza de derechos naturales que le son inherentes, cuyo límite es el derecho de los demás. “La igualdad y la libertad son pues las bases físicas é inalterables de toda reunión de hombres en sociedad, y por conseqüencia el principio necesario y engendrador de toda ley y de todo sistema de gobierno regular”. Entre estos derechos del individuo sobresalen el de no ser víctima de la violencia del más fuerte, disponer de su persona y disfrutar de sus bienes, fruto de su trabajo. El ser humano, sin embargo, viene de épocas oscuras de salvajismo, a lo que debe oponerse un cuerpo de leyes basado en el respeto a los derechos fundamentales.

En resumen, tanto en el Contrato de Asociación como en El Nuevo Pacto Social Maldonado postula un fundamento único, esencial y básico, que justifica y explica la existencia de las sociedades políticas: el hombre. Para asegurar el goce de sus derechos naturales (la libertad, la igualdad, la seguridad y la propiedad), ha de incorporarse a la asociación de mexicanos, teniendo como garantía el hecho de que la función primordial de la autoridad, sobre todo del poder legislativo, será la de velar por la conservación de los derechos naturales de todos y cada uno de los ciudadanos.

En el Contrato de Asociación, Maldonado resume todo su pensamiento en materia de derechos del hombre. Su cultura en el tema es amplia y profunda, expresando su punto de vista de manera directa, abordando los problemas y dando las soluciones:

La piedra de toque en que habrán de probarse todas y cada una de las leyes, publicadas por el congreso nacional, será la de su conveniencia ó repugnancia con las verdaderas leyes naturales, es decir, con las relaciones eternas, constantes, necesarias é invariables, establecidas por el autor del mundo entre la naturaleza y necesidades del hombre y entre la naturaleza y propiedades de todos los objetos creados para satisfacerlas (art. 58). No podría existir redacción más adecuada para una confesión de jusnaturalismo puro. En el artículo 59, Maldonado habla de la convivencia de las leyes positivas con las naturales y hace cuatro proposiciones: Primera. Todo hombre por derecho de la naturaleza tiene la más amplia y expedita libertad de hacer todo aquello que no choque, ofenda ó vulnere directa ó indirectamente los derechos naturales de sus consocios. Libertad irrestricta sin más límite que el derecho de los demás. Segunda. Todo hombre por derecho de la naturaleza está libre y exento de todo género de violencia, sin que ningún individuo más fuerte ó algún agente de la autoridad, tengan justicia jamás para inferirle fuerza sobre sus bienes y persona.

Maldonado y su constitución disponen eliminar la violencia de la vida social y, más aún, la violencia institucional sobre los particulares en sus personas o bienes.

Tercera. Todo hombre por derecho de la naturaleza es enteramente dueño de hacer de su persona y sus bienes adquiridos con su talento, trabajo é industria, el uso que mejor le parezca, sin que ninguna autoridad pueda jamás decirle con justicia, distribuye tus bienes de este modo ó del otro, empléalos o no los emplees en éste ó en otro ramo de negociación ó de industria.

La semejanza de esta proposición con nuestros actuales artículos 5º, 22º y 28º constitucionales es patente: libertad para hacer con la persona o los bienes lo que mejor le plazca, sin indicaciones autoritarias. Maldonado plasma con toda visión el respeto a la persona y sus bienes, y su libre disposición.

Cuarta. La ley es una misma para todos los ciudadanos, ya mande, ya vede, ya premie, ya castigue.

El artículo 60 complementa el espíritu de las proposiciones anteriores cuando establece que:

Toda ley conforme a los quatro principios antecedentes, debe aprobarse y adoptarse; pero la que fuere contraria á ellos, directa ó indirectamente, debe verse con horror é indignación y ser unánimemente desechado por toda la nación.

Hace casi dos siglos, Maldonado estableció una serie de reglas para las detenciones de los particulares, el tratamiento de los detenidos, sus procesos y confinamiento.

Todo ciudadano tiene un derecho inconcuso para promover por sí mismo en los tribunales la defensa de sus causas propias y jamás se le obligará contra el derecho natural á confiarla á manos agenas (sic), que por activas y fieles que sean, no es de esperar las promuevan con el mismo interés y celo que el dueño de la acción.

Todo ciudadano que no se creyere capaz de exponer por sí mismo sus derechos en defensa de su causa, será árbitro á asistir al juicio, acompañado de otro ciudadano instruido que lo aconseje, alumbre y dirija para la exposición de las pruebas y razones que apoyen su justicia (artículos 169 y 170).

La semejanza con la redacción del actual artículo 20 constitucional es patente al disponer que el detenido sea asesorado en su defensa por un ciudadano instruido.

Todo ciudadano tanto en los juicios criminales, como civiles, tiene un derecho inconcuso á que los jueces le apliquen todas las leyes que militaren en su favor, aunque él mismo no las alegue por ignorarlas (art. 173). La suplencia de la queja de oficio en beneficio del reo –toda una novedad–, se complementa con el artículo 174:

Todo ciudadano […] tendrá un derecho indisputable para presenciar las declaraciones de los testigos que depusieren contra él, á disputar y altercar con ellos, á debilitar su testimonio, oponiéndoles el de otros que justifiquen su conducta, y á hacer comparecer por fuerza á los que se resistiesen á declarar lo que sugieren sobre la materia.

Precepto de gran parentesco con lo establecido en los derechos humanos de seguridad jurídica actuales en el sistema mexicano. “Todo ciudadano tiene un derecho inconcuso a ser bien tratado con todo el decoro correspondiente á la dignidad del hombre y de ciudadano, mientras no se descubriese ser un criminal”, es decir, la actual presunción de inocencia. Se prescribe buen trato a detenidos, lugar de reclusión digno y prohibición de incomunicación, utopías aún en la actualidad.

Precavidos los delitos en sus fuentes, como están por este código, para la corrección de los pocos que asomen en la sociedad, no se establecerán otras penas, que las directamente conducentes á indemnizar al agraviado de la injuria recibida, y á reformar el corazón del agresor, obligándole á dar á la sociedad nuevas garantías de la bondad de su conducta” (art. 176). Maldonado nos habla de una prevención del delito en sus fuentes, yendo a las causas sociales y económicas que orillan al delincuente a tomar el camino del crimen, de la reparación del daño al ofendido y la readaptación del reo.

Previene también sobre la crueldad contra los presos:

Del seno de una nación naturalmente inclinada á la virtud, generalmente celebrada en todos los pueblos por la belleza de su carácter moral é índole apacible, y alumbrada con el sol de la religión y de la filosofía, se desterrarán desde luego las cárceles, los grillos, las cadenas y todos los medios de corrección, por mejor decir de corrupción, inventados contra los delinqüentes en los tenebrosos tiempos del paganismo, como infructuosamente crueles, insuficientes para la reforma del corazón del hombre… (art. 178).

Pero siendo considerado con el delincuente, no se olvida del ofendido ni de la sociedad agraviada:

quando un solo ciudadano es ofendido, lo es el cuerpo entero de la sociedad, el ciudadano que atacare á otro en alguno de los derechos que juró respetar y defender al estipular el pacto social, no solamente tendrá que satisfacer completamente á la persona del ofendido, sino también á toda la sociedad, dándole, además, á ésta todas las ulteriores garantías que le exigiere de la bondad de su conducta para lo futuro (art. 179).

Los artículos subsecuentes del proyecto mezclan derechos que en la actualidad son de las materias penal, civil y laboral. Por ejemplo, establece para el sujeto activo de un delito una indemnización en dinero o bienes a favor del agraviado, cuando el efecto de la lesión a un derecho fuese pasajero, como en el caso de una herida, en que deberán de pagarse los gastos de curación y manutención del paciente durante la enfermedad y convalecencia, además de los salarios que haya dejado de ganar por la imposibilidad de trabajar (art. 180). Si por el contrario la lesión fuera perpetua y duradera, como la mutilación de una parte del cuerpo necesaria para trabajar u ocurriera el mismo homicidio, si el agresor fuese rico “exhibirá de un golpe toda la cantidad equivalente a la de los bienes de que ha privado á su víctima, por todo el espacio de tiempo en que ésta hubiera podido seguirlos adquiriendo con su trabajo personal” (art. 181). Pero si en cambio el agresor no fuera rico, sino solamente de medianas proporciones, “será condenado á estarla pagando dentro de las mismas épocas ó periodos en que el difunto la hubiera adquirido con su trabajo” (art. 182). En cambio, si el agresor no tuviera bienes, “será condenado á pagarla con la mitad del producto de su trabajo diario” (art. 183).

Respecto de robos y otros delitos cometidos contra la asociación o cualquiera de sus individuos, se deberán castigar como prescriben los artículos anteriores, siendo la cantidad de bienes para satisfacer a las partes agraviadas siempre regulada por peritos (art. 184).

He aquí todo un catálogo de posibilidades para la reparación del daño. Por otra parte, Maldonado da una lección de justicia salomónica cuando dice:

No siendo como el fin de la institución de la sociedad que el impedir todo daño o perjuicio de tercero, haciendo que todo ciudadano reconozca por el término natural de su propia libertad la raya en que sus acciones comienzan á ser perjudiciales á los derechos de los otros, es evidente que si ella indultase en algún caso á los malhechores de las penas que merecen, ella misma destruiría el fin para que ha sido establecida. Así es, que no habiendo en la sociedad facultad para indultar ó perdonar las penas establecidas contra los infractores del pacto social, estas plenas son por su misma naturaleza irremisibles, por lo que respecta á la satisfacción del ofendido (art. 185). A los sentenciados, Maldonado los coloca en lo que llama casas de conversión, algo parecido a lo que serían las prisiones europeas y norteamericanas del siglo xix y principios del xx, lugares de expiación, penitencia y arrepentimiento, con gran influencia de la religión. Todo ello con el afán de convertir al prisionero en una persona de bien, quien una vez pagada la deuda con la sociedad, regresaría a ella a trabajar en provecho de todos.

Luego de que un reo hubiere sido sentenciado por el tribunal organizado para juzgarle, será entregado con su sumaria al prefecto de la casa de conversión, quien le señalará desde luego un director que lo hará ocuparse exclusivamente en la práctica de los medios que la religión prescribe para reforma del corazón humano.

Pasado este tiempo de purgación, el reo se ocupará alternativamente en actos de piedad y religión, y en labores de manos, trabajando en el arte ó ejercicio que supiese, y si no tuviere oficio, aprenderá alguno, como también los deberes de cristiano y ciudadano, si los ignorare ó los hubiere olvidado (arts. 187 y 188).

Todos estos preceptos de tratamiento a sentenciados, que compiten con nuestras actuales normas mínimas penitenciarias, se regulan finalmente con lo siguiente:

A fin de evitar toda arbitrariedad en este punto, una ley marcará la distribución de las horas que habrán de emplearse en los actos de religión, en la labor de manos y en el reposo, como también la duración del tiempo que cada delinqüente deberá permanecer en la reclusión según la naturaleza y circunstancias de sus delitos, y en los casos en que podrá relaxarse el rigor de esta ley a favor de los convertendos que dieren pruebas extraordinarias de enmienda (art. 189).

Todo el análisis anterior ubica a Francisco Severo Maldonado como un pilar de los derechos humanos en nuestro país. No dijo quizá cosas netamente originales, pero lo estableció de manera sistemática y amplia, con el fin directo de que se convirtieran en ley, erradicando vicios ancestrales, que desgraciadamente no han desaparecido del todo.

Conclusiones

El Contrato de Asociación condensa la obra entera de Francisco Severo Maldonado. Toda su formación, hechura de décadas de estudio y ejercicio constante de escritura, redundó en ese proyecto de constitución, lo que fue madurando lentamente al paso de los años con artículos, ensayos y tesis. Toda la antecedente obra de Maldonado puede verse como una preparación para el Contrato. En consecuencia, todos sus escritos posteriores como un complemento.

El Contrato resume el pensamiento del cura de Mascota, que a su vez compendia el pensamiento de su tiempo. Lo mejor de las ideas previas a la Ilustración, del Siglo de las Luces, de la Constitución norteamericana, de la Revolución Francesa, de filosofía, economía, sociología, derecho y política, se encuentran en la obra de Maldonado. El Contrato de Asociación y sus apéndices, no dejaron de ser documentos transformadores e insólitos. Lograron bosquejar escrupulosamente los principales problemas que aquejaban al México de su tiempo y señalaron sus soluciones. El proyecto de constitución no es sólo una denuncia de que algo estaba mal en el país, daba también las pautas de diagnóstico y remedio.

Maldonado propone cambios tan radicales en materia económica y social que se escucha como algo cándido o temerario en nuestros escépticos oídos. Tantas tragedias dolieron a nuestro país en el transcurso de la historia, cuando experimentamos formas de Estado y de gobierno divergentes, que resulta razonable preguntarnos qué habría pasado si se hubieran aplicado los proyectos del Contrato y sus apéndices. Quizá sus propuestas fueron ignoradas o desconocidas en su época. En cambio, se intentaron aplicar fórmulas de otros países, con la vana ilusión de que su éxito funcionaría aquí.
Monarquía, república, centralismo, federalismo, conservadurismo, liberalismo, reforma y reacción, agotaron el debate ideológico y la sangre de los mexicanos en las turbulencias del siglo xix y en las primeras décadas del siglo xx. ¿Cuántas penas se hubieran evitado a miles de familias víctimas de las guerras fratricidas?, si algunas sugerencias de Maldonado se hubieran aplicado:

• La creación del banco central traía implícita una desamortización de los bienes eclesiásticos, que de todas formas se daría en forma violenta décadas después. Como lo proyectó Maldonado, la desamortización capitalizaría al banco para financiar el desarrollo.

• Una reforma agraria desde el momento mismo de la consumación de la Independencia hubiera evitado los traumas de la aplicación de la Ley Lerdo de 1856 y la consecuente revolución agraria para retrotraer sus efectos a partir de 1910. El México de 1821 era un país despoblado y con enormes territorios desolados, lo que hubiera hecho posible tal cosa sin mayor trauma social.

En la actualidad, algunas de las propuestas contenidas en el Contrato de Asociación y sus apéndices evolucionaron y se transformaron, adaptándose a los nuevos tiempos y proyectándose hacia el futuro; otras, carecen de viabilidad en muchos aspectos, pero todas nos dejan una lección de ética política y de consecución de cumplimiento de ideales. A ello se le llamó utopía, pero buscar un mundo mejor ha sido la misión de los grandes hombres. La obra de Francisco Severo Maldonado contiene intentos concretos de cambiar su entorno. Ojalá se rescaten del olvido los escritos del precursor y maestro. Bibliografía

• Burgoa, Ignacio, Las garantías individuales, Madrid, Editorial Porrúa, 1988.

• Noriega, Alfonso, Francisco Severo Maldonado. El precursor, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1980.

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1
Abogado y maestro en Derecho Penal por la Universidad de Guadalajara, es también doctor en Derecho por el Instituto Internacional del Derecho y del Estado.

2
En vísperas del primer centenario de la Constitución mexicana, el Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, bajo la divisa ‘La Constitución nos une’, ofreció en la Ciudad de México, entre el 15 y el 24 de junio de 2016, el coloquio académico ‘Fuentes históricas sobre la Constitución de 1917’, donde se presentó esta ponencia.

3
Alfonso Noriega, Francisco Severo Maldonado. El Precursor, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1980, p. 19.

4
Ídem.

5
Ignacio Burgoa, Las garantías individuales, México, Editorial Porrúa, 1988, pp. 117-118.



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