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De cómo las instalaciones del Colegio de Santo Tomás

alentaron desde el principio el legado humanitario de

Siervo de Dios Fray Antonio Alcalde.

3ª parte

Real Audiencia de Guadalajara[1]

 

Desechado el pedimento del superior de los religiosos betlemitas

de permutar su hospital por el Colegio de Santo Tomás

para destinarlo a servir de nosocomio, se presenta aquí la iniciativa

del Obispo de Guadalajara Fray Antonio Alcalde y de su cabildo

de hacer dicho intercambio, pero con el convento y templo de los dominicos,

para convertir éste en sede parroquial y correccional de clérigos díscolos

y aquél en convento de predicadores

y atención en las aulas a la educación media superior.

Se enriquece esta fuente documental con algunas precisiones

Respecto de un mal añejo: el abasto de agua potable a la capital.

 

 

Estudio preliminar

José Manuel Gutiérrez Alvizo[2]

 

Una vez escuchado el parecer del cabildo eclesiástico reprobando el uso del Colegio de Santo Tomás como nosocomio, el Presidente de la Junta de Temporalidades de los bienes de la Compañía de Jesús luego de su extrañamiento en 1767 consultó al cabildo civil tapatío respecto del pedimento de Fray Francisco Xavier de Santa Teresa, ofb, prefecto general de la orden de los Hermanos de Belén en el obispado de Guadalajara.

Los ediles asegundaron la opinión de sus correligionarios clérigos, por considerar la propuesta de los betlemitas “perjudicial al público y nada útil”[3] a la ciudad, arguyendo seis razones:

·      Primera. El daño perceptible que pudiera ocasionarse el aglutinar el “crecido número de achacosos de toda suerte de enfermedades pestilentes y contagiosas”[4]  en el núcleo céntrico de la ciudad, pues esto pudiera desencadenar una mayor propagación de enfermedades.

·      Segunda. Argumentaron la afectación que sufrirían los vecinos del Colegio,  pues la experiencia ya vivida en las cercanías del  Real Hospital respecto a los miasmas pútridos y las inmundicias arrojadas dictaba no repetir el error.

·      Tercera. La insalubridad en la plaza frente al Colegio, donde se vendían toda clase de alimentos.

·      Cuarta. La insuficiencia estructural del Colegio. Era más fácil reparar el nosocomio betlemita que habilitar las aulas de los expulsos como enfermerías para los convalecientes, así como oficinas y celdas para los religiosos.

·      Quinta. Sería onerosísima la habilitación del Colegio debido al abandono y “deplorable y ruinoso estado a que lo ha reducido su vejez y los muchos temblores”.[5]

·      Sexta. La red hidráulica insuficiente de la ciudad. Además, el Cabildo Civil asegundóel argumento de que el desagüe era insuficiente y no había accesibilidad al agua, salvo mediante la extracción del subsuelo a fuerza de brazo.

 

·      Agua potable para la ciudad

 

Acerca del último punto es necesario agregar que, al tiempo de esta solicitud, Guadalajara había logrado tener una eficiente red hidráulica de abastecimiento público y privado gracias al ingenio y esfuerzo de las obras proyectadas desde el año de 1732 por el fraile seráfico y maestro de arquitectura Pedro Antonio Buzeta.

La obra del conexión hidráulica había sido un mal añejo, como se ve en la Real Cédula a los miembros de la Audiencia ordenando el cumplimiento de otra, con fecha de 4 de noviembre de 1604, en la cual se disponía ver lo necesario, y para ello se daba licencia de aplicar la sisa del vino que se vendiese.[6] Los informes del presidente y los oidores a la regencia durante la segunda mitad del siglo xvii dan prueba de que la disposición no se cumplió del todo.

En la correspondencia se solicitaba la autorización de la monarca regente para que en el año 1672 y sus sucesivos se refrendara la aplicación de los gravámenes de los vinos de cocos y mezcal para la conducción, por ser “la obra más pública y de mayor piedad y de que más necesitaba, por no tener los pobres más agua que la de un arroyo de malísima calidad a donde van por ella las negras y mulatas y otros géneros de mujeres, de noche y a deshoras, de que se siguen muchas ofensas a Dios.”[7]  Así, se facultó a la aplicación por diez años de la gabela de las bebidas alcohólicas para el proyecto propuesto por don Francisco Calderón Romero. Éste comenzó con la excavación “de una zanja en el nacimiento del río para ir cogiendo la altura y ver si podía entrar en esta dicha ciudad el agua de dicho río, y dejó empezada dicha zanja”.[8]  Ahora, con el presupuesto asignado, se procedió a que “18 indios peones, con palas y chiquihuites, continuaran la zanja”.[9] Se sabe que para 1686, cuando se establecieron los límites y mojoneras de los pueblos de indios de Atemajac, Zoquipan, Mezquitán y Santa Ana Xonacatlán, las mojoneras de Zoquipan y Mezquitán lindaban “con la zanja que habían hecho para llevar el agua de Zapopan a la ciudad de Guadalajara”.[10]

A principios del siglo xviii seguía vigente la legislación de aplicar el estanco de vino de cocos y mezcal a las obras, presupuesto que para 1704 rendía 800 pesos anuales.[11]

La situación sólo se arregló con la llegada de fray Pedro Buzeta. El religioso presentó dos informes sobre su proyecto, el primero en 1732, en el cual bosquejaba un acueducto con dos ramales subterráneos, uno de  oriente a poniente y el otro de sur a norte, en el cual proyectaba pozos abiertos cada 50 varas, unidos bajo sistemas de galerías filtrantes. El segundo, hecho nueve años después, da cuenta de las mejoras y añadidos a su primer proyecto.

Fray Pedro mostró en su plano de la ciudad del año 1741 que gracias a la munificencia del rey Felipe v y a los probablemente no escasos fondos de la Real Hacienda obtenidos de la recaudación arancelaria de los ramos de vinos, licencias de partidas así como de abastos de carnes, se pudo conducir el agua a la ciudad mediante una cañería “desde el arca a la plaza de 1588 varas de dos caños, 14 subientes de a 4 y 5 varas según los terrenos y vara y media de grueso”, las cañerías se extendían al viento oeste por medio de 1489 varas de conducción hidráulica, para el sur 5200 varas y hacia el norte otras 370, con lo cual, para la fecha antedicha, había en la ciudad de Guadalajara 24 fuentes entre comunes y particulares.[12]

Por lo que al Colegio de Santo Tomás respecta, su abasto de agua es constatable siguiendo el trazo de la red hidráulica de Buzeta, en la cual las fuentes públicas más cercanas eran las aledañas al convento de Santa Teresa de Jesús.

 

·      Los nosocomios de Guadalajara en 1773

 

Retomando el tema de la traslación del Real Hospital de Belén al Colegio, el fiscal de la Real Audiencia, Domingo de Arangoiti, hizo pública misiva, a petición del virrey, respecto a que en la ciudad existían dos hospitales reales, el de Belén y el de San Juan de Dios. Mencionaba que el segundo, extramuros de la ciudad, se encontraba en mala situación económica, pero aducía a su favor tener una buena ubicación a las goteras de la ciudad, en las inmediaciones del río y con la ventilación constante de los vientos del poniente. Así, propuso fundir ambos hospitales reales en uno solo y darles por sede ese ventajoso sitio. Esta idea no era del todo nueva. Según una solicitud que en abril de 1648 presentó el obispo Juan Ruiz Colmenero al rey Felipe iv, “por el estado que tienen las cortas rentas de los dos hospitales que hay en la ciudad convendría unir el hospital antiguo que tiene sus rentas en esa iglesia con el que tienen a su cargo los religiosos de san Juan de Dios, [resultando] con esto un buen hospital para la cura de los enfermos”.[13]  La respuesta del Rey fue pedir más información por medio del presidente y los oidores de la Audiencia, lo cual culminó en la negativa.

Esos mismos actores, unidos a la propuesta del fiscal Arangoiti, presentaron en el documento que nos ocupa su parecer respecto a la conveniencia de permutar las instalaciones con las de los dominicos, para que éstas, al viento norte, funcionaran como ayuda de parroquia y allí se estableciera el colegio correccional para clérigos. Presentaron como razón fundamental que los religiosos de Santo Domingo habían proseguido la obra educativa que los jesuitas expulsos no pudieron continuar, de modo que los estudiantes de filosofía que concurrían a la única aula sobrepasaban su capacidad. Además, la iglesia conventual podría atender pastoralmente a los habitantes de los arrabales, que podrían asistir a los oficios religiosos con su propia ropa “sin el rubor de que les vean las gentes que concurren a la plaza y calles principales”.[14]

Según se desprende de este documento, las dificultades respecto al destino los bienes temporales de los expulsos parecen complicadas, pero al mismo tiempo nos presentan el contexto socioeconómico de la ciudad episcopal en el último tercio del siglo xviii, y el contraste con la transformación de la urbe que vino a ejecutar en su gestión el genio de la caridad, Fray Antonio Alcalde.

 

***

[Continuación del documento]

 

Parecer del Ayuntamiento [respecto a la petición de convertir en hospital de la ciudad el Colegio de Santo Tomás]

 

Señor Presidente de la Junta Subalterna de Temporalidades.

 

El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta Nobilísima Ciudad, para informar lo que tenga por conveniente con arreglo a lo[15] prevenido por el Excelentísimo Señor Virrey de [la] Nueva España en [la] Carta de[l] treinta y uno de Marzo pasado en este año, ha visto este Expediente formado en virtud de el Ocurso que a dicho Señor Excelentísimo se hizo por el Reverendísimo Padre General de la Religión Betlemítica sobre que se aplicase al Real Hospital de San Miguel de esta Corte el Colegio de Santo Tomás que fue de los Regulares expulsados de ella.

Y para hacerlo con la exactitud debida ha tenido presentes los Autos respectivos a [las] aplicaciones de estos Colegios, las que por el mismo Ayuntamiento se consultaron en su Informe de[l] diez y siete de Noviembre del año pasado de mil setecientos y setenta, y lo que últimamente expone el Cabildo Eclesiástico con fecha de[l] diez y ocho de mayo de este año. De todo lo cual, y de las conferencias que sobre la materia ha repetido, cree este Cabildo que la pretensión del Reverendísimo Padre es perjudicial al público, nada útil al mismo Hospital y menor conformes[16] a las justa piadosas intenciones de Nuestro Augusto Monarca.

El daño del público es fácilmente perceptible, a vista de la situación de dicho Colegio, que siendo en el centro de la Ciudad, y debiendo reducirse a el Hospital el crecido número de achacosos de toda suerte de enfermedades pestilentes y contagiosas, sería fácil que cualesquiera peste hiciese en muy breve tiempo los mayores progresos, con riesgo evidente de todo el vecindario. A que debe agregarse que, o ya por los vientos que corren frecuentemente en este país, o ya por su vasta extensión y excesivo número de enfermos, es desproporcionada a la capacidad de una sola casa la cómoda hospitalidad de tantos, como a ella ocurren afligidos de diversos accidentes.

Y resultando de esto la pensión que experimentan los que habitan las casas contiguas a dicho hospital de un continuo mal olor, de medicinas e inmundicias, claro está que puesto éste[17] más adentro de la ciudad, como se pretende, sería mayor el número de los que percibiesen esta incomodidad, la que se haría más sensible por la mayor inmediación a la plaza, en donde diariamente se expende toda especie de alimentos; y aún allí sería el mal olor de mucho más fácil percepción, porque suponiendo que en el Colegio de Santo Tomás no hay otras piezas que puedan destinarse a enfermerías, que las que fueron aulas, estando éstas inmediatas, o pared en medio a la calle, era indispensable la mayor incomodidad de las casas vecinas, como que aun hallándose en lo interior y sin esa inmediación la mayor parte de las enfermerías que tiene ahora el Hospital, es notoria la exhalación pestilencial.

Tampoco puede decirse que la pretendida traslación sea útil al hospital porque prescindiendo de que la construcción de las[18] precisas [ilegible e inentendible] de ser muy costosas, como también el reparo casi total de el Colegio por el deplorable y ruinoso estado a que lo ha reducido su vejez y los muchos temblores, lo que no sucede en la casa que tiene actualmente el hospital, o porque su antigüedad no es tanta o porque en su subsistencia se ha tenido mayor cuidado, o por los últimos reparos que en él se han hecho.

Es notorio que el Colegio de Santo Tomás, o no tiene merced de agua o no la goza en corriente, siendo así que semejantes casas las deben disfrutar con abundancia, como efectivamente la disfruta la que sirve a el Hospital. Últimamente no es conforme a las benignas intenciones del Rey dicha traslación, a más de que parece contraria al Artículo 29 de la Real Cédula de[l] nueve de junio del año pasado de mil setecientos sesenta y nueve, en que se prohíbe la aplicación a otros Regulares[19] de las casas [ilegible e inentendible] las mismas Reales Cédulas que [ilegible e inentendible] dicho Reverendo Padre General en apoyo de su solicitud, ministran bastante fundamento para negarse a ella porque en todas, y especialmente en la de[l] ocho de marzo del año pasado mil setecientos cincuenta y uno se concede a la Religión Betlemítica la traslación del hospital a extramuros de esta Corte con presencia de la estrecha situación del que actualmente gozan, de lo menos pernicioso que será al vecindario, y de la mayor altura y ventilación de aires, y es manifiesto que nada se consigue en el Colegio de Santo Tomás, antes sí notoriamente todo lo contrario a la precisa reserva de la extensión, que ésta es igual a la del hospital, o a lo menos muy poco mayor.

Es cuanto este Noble Cuerpo puede Informar reproduciendo lo que expuso con fecha de[l] diez y siete de noviembre[20] del año pasado de mil setecientos y setenta, sujetándose en todo al más perfecto y exacto juicio de la Real Audiencia.

Nuestro Señor guarde a Vuestra Señoría muchos años.

Sala de Ayuntamiento de Guadalajara y agosto doce de mil setecientos setenta y tres

 

Licenciado don Guillermo Caserta [rúbrica]

Don Agustín de Arzubialde [rúbrica]

Don Pablo García [rúbrica]

Don Sebastián Daza [rúbrica]

 

Razón

 

Guadalajara y Agosto veinte y seis de mil setecientos setenta y tres

En este día se puso este expediente por el Oficial Mayor del Oficio Público en esta Secretaría de Cámara de mi cargo, y para que conste, pongo esta razón.

Padilla [rúbrica]

 

Otra

 

Guadalajara, primero de septiembre de mil setecientos setenta y tres

Este día di cuenta con este expediente al señor don Eusebio Sánchez Pareja, del Consejo de Su Majestad, Oidor Decano de esta Real Audiencia, en quien ha recibido la Presidencia de la Junta Subalterna de Aplicaciones por la jubilación del señor Doctor don Francisco Galindo y Quiñones, del mismo[21] Consejo y Oidor Decano [ilegible e inentendible] de dicha Real Audiencia, y en su vista se proveyó el Decreto siguiente.

Padilla [rúbrica]

 

Decreto [en el que se pide se rinda un informa]

 

Guadalajara y septiembre primero de mil setecientos setenta y tres

Visto el Informe antecedente y los Autos a que se refiere en atención a que para su sustanciación sólo resta el informe de la Real Audiencia, pásesele este expediente para que se sirva hacer dicho informe en el modo que tenga por conveniente.

Así lo decretó el señor don Eusebio Sánchez Pareja, del Consejo de Su Majestad, Oidor Decano de esta Real Audiencia y Capitán General de este Reino de la Nueva Galicia y Presidente de la Junta Subalterna de Aplicaciones.

Ante mí, Don Nicolás López Padilla [rúbrica]

 

Billete

 

Muy Poderoso Señor

 

Paso a manos de Vuestra Alteza los Autos formados sobre las aplicaciones de la Iglesia y Colegio de Santo Tomás y el de San Juan de esta Ciudad, para que instruido de la solicitud del Reverendísimo Padre General de la Religión de Belén, se sirva Vuestra Alteza[22] de hacer el Informe que tenga por conveniente al mejor servicio del Rey, y poder la Junta Subalterna dar cuenta a la Superior de Nueva España, para que tome Resolución en este asunto.

Dios Nuestro Señor guarde la Católica Real Persona de Vuestra Alteza muchos años que la cristiandad ha menester. [Así lo] decretó.

Guadalajara y septiembre dos de mil setecientos setenta y tres.

 

Don Eusebio Sánchez Pareja [rúbrica]

 

Decreto

 

Guadalajara y septiembre primero de mil setecientos setenta y tres

Visto el Informe antecedente y los Autos a que se refiere en atención a que para su sustanciación sólo resta el Informe de la Real Audiencia, pásesele este Expediente para que se sirva hacer dicho Informe en el modo que tenga por conveniente.

Así lo decretó el señor son Eusebio Sánchez Pareja, del Consejo de Su Majestad, Oidor Decano de esa Real Audiencia y Presidente de la Junta Subalterna de Aplicaciones.

Parejan[rúbrica]

Ante mí, don Nicolás López Padilla [rúbrica]

 

Billete

 

Paso a manos de Vuestra Alteza los Autos formados sobre las aplicaciones de la Iglesia y Colegio de Santo Tomás y el de San Juan de esta Ciudad, para que instruido de la solicitud del Padre Reverendísimo Padre General de la Religión de Belén se sirva Vuestra Alteza [hacerlo del conocimiento del] Señor Fiscal. Padilla.

 

***

 

Pedimento [del] Fiscal [respecto a los inconvenientes de mudar el hospital de la ciudad al colegio de Santo Tomás]

 

Muy Poderoso Señor

 

Por lo deteriorado que se hallaba la Casa que actualmente sirve de hospital en esta Corte, y por su poca extensión, así para las enfermerías necesarias para el auxilio de los enfermos, como para la habitación de los religiosos que en él asisten, ocurrieron éstos a Su Majestad en solicitud de que se les concediese la traslación del hospital al sitio en que antiguamente había comenzado a fabricarse a extramuros de esta ciudad, añadiendo que respecto a los cortos medios[23] y arbitrios que para ella tenía la Religión [bethlemítica] se facilitasen algunos auxilios.

Compadecido de esta representación el Real ánimo, propenso siempre al alivio de sus vasallos pobres y enfermos, franqueó de sus Cajas Reales para tan piadosa y saludable obra la cantidad de un mil pesos, con la facultad de que por todo el Reino pidiesen limosnas dichos religiosos, mandando a los Superiores [que] esforzasen los ánimos para la contribución a un objeto tan recomendable.

Más como estos proyectos no alcanzasen a la perfección de la obra, suplicaron posteriormente a Su Majestad por la concesión de las Vacantes mayores de este Obispado, de el de Valladolid y Durango, Y por [la] Real Cédula despachada en [El] Buen Retiro a veinte y veinte y tres de febrero del año pasado se mil setecientos y setenta se destinaron efectivamente las Vacantes de Vuestros Reverendos Obispos don Juan Gómez de Parada, de esta Diócesis, don[24] Martín de Elizacochea, de la de Valladolid, y don Pedro Anselmo Sánchez de Tagle, de la de Durango.

Hoy, con motivo de la expatriación de los Regulares de la Compañía, se ha hecho instancia por el Reverendo Padre de dicha Religión, de que se les conceda el Colegio de Santo Tomás para erigir en él dicho Hospital, haciendo presente la mayor amplitud de dicho Colegio y los menos costos con que podrán hacerse en él las enfermerías y demás oficinas necesarias para la cómoda habitación de los enfermos.

Pero ciertamente que estos motivos no justifican la referida pretensión, porque es sin disputa, mayor y más acomodada la amplitud de la Casa en que a la sazón se halla el Hospital, que la del mencionado Colegio, como que no ocupando el terreno de éste cuatro cuadras en contorno, como es notorio, sino mucho menos, y teniéndolas la mencionada Casa, es manifiesta su mayor capacidad e inaveriguable consiguientemente el motivo con que se asienta ser de[25] menor amplitud tampoco puede justificarse a juicio del Fiscal la expresión que se hace en razón de costos, porque debiendo suponerse erigidas ya en dicho Hospital las enfermerías y Oficinas precisas, sino con total deshago y comodidad  a lo menos con el posible, y con lo que no se lograra en dicho Colegio lo más que podrá necesitarse a la presente es el reparo de una y otra pared o pieza lastimada por el tiempo o por los terremotos, pero en el mencionado Colegio es indispensable la construcción de Enfermerías para los enfermos, de Oficinas para su asistencia, de Celdas proporcionadas para los Religiosos y de cuasi todo el Colegio para un regular servicio.

A más de que el Fiscal tiene bien vista la fábrica de éste y cree que difícilmente ha de hallarse en peor constitución la del Hospital, cuya reflexión con la de mayor incomodidad del vecindario en tener más al centro dicho hospital y estar en eso más expuesto a sus pestilentes exhalaciones e igualmente la de los mismos enfermos con la menor ventilación de aires, hace de[26] todo [ilegible e inentendible], aunque con lo que lleva expuesto el Fiscal, podría concluir en que por esta Real Audiencia se hiciese el informe que se pide por vuestro Excelentísimo Virrey en los términos que corresponden, según lo que va dicho, le parece justo hacer presente que en esta ciudad hay dos Hospitales Reales, que son el de Belén y el de San Juan de Dios. Éste, por falta de medios, no es capaz de mantener el número de enfermos que el otro, pero su situación es comodísima para semejante destino, ya por hallarse extramuros de la Ciudad, ya por la mucha extensión que puede dársele, ya por la inmediación del río que corre bajo el cementerio de su Iglesia. Ya últimamente porque estando al oriente de esta ciudad, en donde la mayor parte del año se experimentan vientos del poniente, es menor el peligro de ella, y de sus habitantes, en las enfermedades pestilentes, por esto pues vive persuadido el fiscal a que trasladándose a este hospital el de Belén, y haciéndose de los dos uno, se conseguirá el fin de las citadas Reales Cédulas con manifiesto ahorro de costos, visible utilidad de los religiosos[27] y enfermos y [ilegible e inentendible] de todo el país.

Y en esta atención pido que haciéndose así presente a Vuestro Excelentísimo Virrey [que] se le informen las incomodidades y perjuicios de la traslación del Hospital al expresado Colegio.

Guadalajara, septiembre seis mil setecientos setenta y tres

 

Domingo de Arangoiti [rúbrica]

 

Auto

 

En la Ciudad de Guadalajara, a diez y seis de septiembre de mil setecientos setenta y tres años, estando en la Real Sala de Justicia los Señores Presidente y Oidores de la Audiencia Real de este Reino de la Nueva Galicia, se dio cuenta con el pedimento antecedente del Señor Fiscal, y visto, mandaban y mandaron [que] se traigan vistos por el relator.

 

Padilla [rúbrica]

 

Informe [del obispo de Guadalajara y su Cabildo en el que propone se haga la permuta del convento y templo de los dominicos por el Colegio de Santo Tomás, para que aquel se destine a sede parroquial y centro correccional de clérigos y este para la educación media superior atendida por los frailes predicadores]

 

Muy Poderoso Señor.

 

Por [la] Carta Orden del Excelentísimo Señor Virrey de[l] treinta y uno de marzo del corriente año informó este Venerable Cabildo a la Junta Provincial de Temporalidades de los Jesuitas lo que tuvo por conveniente en orden a la pretensión que han puesto los Reverendos Padres Betlemitas a el Colegio e Iglesia de Santo Tomás de esta Ciudad para mudar en él el Hospital Real, y siguiendo el Dictamen del Reverendo Obispo difunto don Diego Rodríguez de Rivas, expuso la necesidad[28] que tenía [de un centro correccional para] clérigos y una Iglesia para Parroquia, y sepulcro de los cuerpos difuntos, porque ya no puede sufrir la multitud de ellos, el ámbito de la Iglesia Catedral.

Y estando aún todavía pendiente el Expediente para el Informe de esta Real Audiencia, ha considerado Vuestro Reverendo Obispo y el Venerable Cabildo que pueda facilitarse el que la Iglesia y Colegio de Santo Tomás se aplique a la Religión de Santo Domingo, cediendo éstos su Iglesia Convento para Parroquia, y Colegio correccional, en que son muchas y notorias las utilidades que resultará al público.

[se ofrecen los siguientes considerandos:]

·      Lo primero. Es constante lo que trabajan los Religiosos Dominicos en el Púlpito, Confesionario y educación de la juventud, a que se han aplicado con especial cuidado desde la expatriación de los Jesuitas, concurriendo tantos estudiantes a cursar la Filosofía que no puede abarcarles una corta Aula que habilitaron, y a la cual no pueden dar extensión porque no lo sufren sus cortas facultades, ni el modo con que está fabricado el Convento.

·      [Lo segundo] El de Santo Tomás, como desde sus principios, se construyó  con el destino de estudios, tiene ya la Aula General para las[29] funciones que [ilegible e inentendible] para la Filosofía, y Gramática, que podrían habilitar aplicándoles las Dotaciones que tenían de dichas Cátedras los Jesuitas, y la situación de este Colegio por ser en el centro de la Ciudad, es más accesible a los estudiantes que viven dispersos por toda ella.

·      [Lo tercero] La Iglesia de Santo Domingo es también más hábil y útil para Parroquia, porque como está al Viento Norte, por donde no hay inmediata otra Iglesia, y por donde se ha extendido la población de la gente pobre, éstos acudirán con la propria ropa con que andan en sus casas a recibir todos los sacramentos y a oír la explicación de la Doctrina Cristiana sin el rubor de que les vean las gentes que concurren en la Plaza y Calles principales, y en su  Iglesia y Tercer Orden, hay más capacidad para sepultar difuntos que en la de la Compañía y con menos horror y peligro de contagio, por estar su situación en una Orilla de la Ciudad.

 

Y aunque al Viento Sur hay una Ayuda de Parroquia,[30] ésta se halla en suma distancia de la que pretende al Norte, y sus poblaciones son menos que las de este viento, a que se alega que la citada Ayuda de Parroquia[31] se halla más [ilegible e inentendible] de Santo Tomás, y éste de la Iglesia Catedral, cuyas reflexiones han dado lugar a que el Cabildo, con su Reverendo Obispo, haya variado de Dictamen que antes tenía formado, y siendo público y notorio, lo exponen a Vuestra Alteza para que atendiendo a el bien público, en que tanto se interesa Vuestra Alteza, concurría con el Informe correspondiente, para que tenga efecto este destino de la Iglesia y Colegio.

Nuestro Señor guarde la importante vida de Vuestra Alteza muchos años.

Guadalajara y diciembre diez y ocho de mil setecientos setenta y tres

 

Fray Antonio, Obispo de Guadalajara [rúbrica]

Doctor Don Baltasar Colomo [rúbrica]

Licenciado don Francisco Ignacio Enríquez del Castillo [rúbrica]

Don Pedro Ignacio del Castillo y Pesquera [rúbrica]

Doctor Don Juan Luis de Villaseñor [rúbrica]

 

Auto

 

En la Ciudad de Guadalajara, a Siete de Enero de mil setecientos setenta y cuatro años, los Señores Presidente y Oidores de la Audiencia Real de este Reino de la Nueva Galicia, en vista del antecedente Billete del Reverendo Obispo, y Venerable Deán y Cabildo de esta Santa Iglesia Catedral, dijeron que mandaban y mandaron que contestándose el citado Billete por el Señor Decano se agregue a los Autos a que corresponde, y pasen[32] a la vista del Señor Fiscal.

Así lo proveyeron y rubricaron los Señores González y Luyando.

 

Ante mí, Don Nicolás López Padilla [rúbrica]

 



[1] Archivo de la Real Audiencia de la Nueva Galicia. Ramo: Civil. Caja: 442. Expediente: 3. Año: 1774. Paleografía del licenciado en historia Aldo Serrano Mendoza.

[2] Diácono del clero de Guadalajara. Es miembro del Departamento de Estudios Históricos de la Arquidiócesis tapatía y autor de los libros Un pueblo de raíz tecuexe y San José Isabel Flores y la comunidad católica de Matatlán.

[3] Archivo de la Real Audiencia de la Nueva Galicia. Ramo: Civil. Caja: 442. Expediente: 3. Año: 1774. Paleografía del licenciado en historia Aldo Serrano Mendoza.

[4] Ibid., f. 21 r.

[5] Ibid., f. 22 r.

[6] Archivo General de Indias (agi), 230, L.2, f. 94 v-94 r.

[7]  agi, Guadalajara, 15, R.1, N. 26, Exp. s.n., Año 1675, f. 3 r.

[8]  Ibid., f. 5 r.

[9]  Ibid., f. 11 v.

[10] Archivo de Instrumentos Públicos de Jalisco, Tierras y Aguas, 2ª colección, vol. 314, exp. 22, f. 11 v.

[11]  agi, Guadalajara, 232, L. 9, f 323 r- 325 v.

[12] agi, mp-méxico, 138.

[13] Archivo del Centro de Estudios de Historia de México Fundación Carlos Slim, (ACEHMFCS), Fondo I, "Cedulario de la Nueva Galicia 1636-1816, Clasificación I.1.6.1., f 26 v.

[14]  arag, Ramo Civil, Caja 442, Expediente 3, f. 27 v.

[15] 20 v

[16] 21 r

[17]  21 v

[18] 22r

[19]  22 v

[20]   23 r

[21] 23 v

[22] 24 r

[23] 24 v

[24] 25 r

[25]  25 v

[26] 26r

[27]  26 v

[28] 27 r

[29] 27 v

[30] La de Nuestra Señora del Pilar.

[31] 28 r

[32] 28 v



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