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Decreto

Se erige en parroquia la capellanía del Templo Expiatorio de Guadalajara, Jalisco (503)

Tomando en consideración el crecimiento poblacional, habiendo consultado a las personas y organismos que deben ser consultados y después de completar los estudios correspondientes, en base al canon 515, párrafo segundo, del Código de Derecho Canónico, y con la finalidad de garantizar a los fieles, una atención espiritual más directa y eficaz,

ERIGIMOS

en parroquia la capellanía de El Expiatorio, tomando el nombre de “El Expiatorio Eucarístico”.
Se desprende de la parroquia del Sagrario Metropolitano. Se nombrará un párroco al frente de la nueva parroquia para la atención de los fieles, adjudicándole todos los derechos, atribuciones y obligaciones propios del caso.

LÍMITES: se toma como punto de partida el crucero formado por la calzada del Federalismo y la avenida Hidalgo. Se comienza el recorrido hacia el poniente por la avenida Hidalgo hasta llegar a la calle de Frías, que cambia de nombre al cruce de la calle de Morelos y a partir de ahí se llama Prado. Desde este punto se consideran parte de la parroquia ambas aceras. Se continúa hacia el sur hasta llegar a la calle Manuel López Cotilla, y se sigue al oriente hasta encontrar nuevamente la calle Prado; de este punto se baja hacía el sur hasta topar con la calle Miguel Blanco, se continúa al poniente para encontrar la calle de Bélgica (que es la misma calle Prado pero que cambia su nombre nuevamente en este cruce). Sigue el polígono hacía el sur hasta llegar a la avenida de La Paz, hasta la cual se consideran ambas aceras como parte del territorio de la parroquia. Continúa hacia el oriente hasta llegar a la calle de Camarena, y en este punto comienzan a formar parte de la parroquia ambas aceras; se prosigue al norte hasta la calle de Prisciliano Sánchez, se sigue hacía el oriente hasta la calzada del Federalismo, donde terminan como parte del territorio de la parroquia ambas aceras, para finalmente seguir hacia el Norte hasta llegar a la avenida Hidalgo, punto de partida. Queda incluido dentro del territorio de la nueva parroquia el templo de los Santos Ángeles, que está en la acera poniente de la calle Prado, entre las calles de López Cotilla y Francisco I. Madero.

El presente Decreto se leerá el domingo siguiente a su recibo en la nueva parroquia del Expiatorio Eucarístico, y en las parroquias del Sagrario Metropolitano, Nuestra Señora del Sagrario, Nuestra Señora del Rosario, colonia El Retiro; Santa Inés, Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe, la Santísima Trinidad, San Miguel del Espíritu Santo, el Dulce Nombre de Jesús; y en los templos de San Agustín, Nuestra Señora de Aranzazú, la Inmaculada Capuchinas; Nuestra Señora del Carmen, Catedral Basílica, San Felipe Neri, la Asunción; San Francisco de Asís, San José de Gracia, Santa María de Gracia, Nuestra Señora de las Mercedes, Santa Mónica, Nuestra Señora de Belén y San Miguel Arcángel, La Asunción, Santa Teresa, Nuestra Señora del Pilar, San Diego de Alcalá, los Santos Ángeles, Nuestra Señora de los Dolores y la Inmaculada Concepción.

Se insertará en los libros de gobierno de dichas parroquias y se publicará en el Boletín Eclesiástico de la Arquidiócesis.
Dado en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, el 1º de noviembre, Año de Señor San José y Año de la Familia, en la Solemnidad litúrgica de Todos Los Santos, dos mil veintiuno.

+José Francisco Card. Robles Ortega
Arzobispo de Guadalajara

Pbro. Dr. Javier Magdaleno Cueva
Secretario Canciller


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