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Libro de Visita de fray Antonio Alcalde, 1776

20ª parte

 

Desde el confín norte de los poblados frontera de su Obispado,

la visita de fray Antonio Alcalde arroja datos importantes sobre el proceso de aculturación de los pueblos de indios en los pliegues de la Sierra Madre Occidental luego de la expulsión de los religiosos de la Compañía de Jesús, consumada nueve años antes.[1]

 

 

Visita a Huejuquilla[2] [Al margen]

 

En el pue-- //[3] --blo de San Luis Colotlán, en diez y nueve días del mes de abril de mil setecientos setenta y seis años: ante Su Señoría Ilustrísima y Reverendísima el Señor Maestro don fray Antonio Alcalde del Sagrado Orden de Predicadores, Obispo de Guadalajara, Nuevo Reino de la Galicia y de León, del Consejo de Su Majestad, etcétera, mi Señor; compareció el bachiller don Antonio Canal, Cura propio y Vicario Juez Eclesiástico del pueblo de Huejuquilla el Alto, a efecto de ser visitado, cumpliendo con el mandato en el despacho y carta pastoral de visita, para lo cual presentó el Real título y provisión de su presentación a dicho Beneficio Curado, el que se despachó por lo perteneciente a la jurisdicción eclesiástica, y el de Vicario Juez Eclesiástica, todo despachado en conveniente forma y refrendado el de Vicario por Su Señoría Ilustrísima, y mandó se le devolviesen originales para su resguardo, a quien se le devol-- //[4] --vieron. Presentó asimismo el Libro de Gobierno en que se copian los edictos, cartas pastorales y otros despachos; e igualmente las constituciones sinodales y los Aranceles común del Obispado y el de indios de pueblo, que no dan tasación, todo lo cual lo dio Su Señoría Ilustrísima por visitado y pasado en esta visita general, mandando que del citado Arancel se ponga una copia autorizada en debida forma en su iglesia parroquial, de modo que sus feligreses vean lo deben pagarle por sus obvenciones.

            Presentó los libros parroquiales de su administración en que se asientan las partidas de los que se bautizan, casan y entierran en aquella iglesia parroquial y asimismo el libro de informaciones de indios de su curato, en los cuales proveyó Su Señoría Ilustrísima los au-- //[5] --tos que tuvo por convenientes.

            Presentó el padrón de sus feligreses de confesión y comunión, así del pueblo de Huejuquilla como de los demás pueblos, haciendas y ranchos de su feligresía, con las certificaciones respectivas de no haber aún todavía acabado de cumplir todos con el precepto anual de la confesión y comunión, y según se percibe componen el número de 2 200 personas, y mandó Su Señoría Ilustrísima que quedándose el citado Cura una copia de los padrones que formare en cada un año, remita los originales a la Secretaría de Cámara y Gobierno de Su Señoría Ilustrísima con certificación a su pie de si cumplieron o no con el precepto anual de confesión y comunión los contenidos en él.

            Asimismo presentó el libro y cuentas de la fábrica espiritual, y reconocidas con la última que ha llevado el nominado Cura desde enero de 71, consta haber tenido el recibo de 560 pesos, 2 reales, y haber gastado 502 pesos, 4 reales, //[6] por lo que salió alcanzado en 57 pesos, 6 reales, los cuales mandó Su Señoría Ilustrísima se guardaran en el arca de tres llaves, y los sobrantes que tuviese en lo sucesivo, como mandado en el despacho general de cordillera librado por Su Señoría Ilustrísima, y que el nominado Cura solicite el cobro de los 84 pesos, 7 ½ reales, que debe el bachiller don Mateo Román, y los 78 pesos a que es responsable el bachiller don Pedro Gómez García, poniendo a ese fin todos los medios oportunos y eficaces que la prudencia le dictare; y le dio Su Señoría Ilustrísima las gracias por el celo con que se aplicó a servir en esta fábrica, esperando continúe en solicitud del aumento del culto Divino.

            Visitó el libro y cuentas de la cofradía de Nuestra Señora de la Candelaria, sita en aquella iglesia parroquial, //[7] cuyo Mayordomo José Caldera alcanzó a la cofradía en 13 pesos, 4 reales, y sólo le quedan de fondos 150 cabezas de ganado mayor, 11 mulares y 13 bestias caballares. Y el de la cofradía del Santísimo Cristo, fundada en la misma iglesia parroquial, cuyos fondos son únicamente 35 cabezas de ganado mayor, 4 bestias mulares y cinco burros, y su último Mayordomo Manuel de Lerma alcanzó a la cofradía en 7 pesos, 2 reales, y reconocidos por Su Señoría Ilustrísima los ajustes y liquidaciones que de ellas se han hecho en cada un año, los aprobó Su Señoría Ilustrísima, declarando por legítimos los alcances que quedan relacionados; y para que no se lleguen a extinguir en el todo estas cofradías, mandó Su Señoría Ilustrísima que el Vicario Juez Eclesiástico nombre a su arbitrio un caporal de su satisfacción que cuide los bienes de cada una, sin permitirle que pueda vender, matar o enajenar cosa alguna sin especial licencia in scriptis de dicho Vicario, y de lo contrario no se le pase en data, ni a los Mayordomos les admita en descargo los gastos super-- //[8] --fluos o excesivos que hicieren, procurando la conservación y aumento de los fondos. Y en atención a la suma decadencia en que se halla la cofradía del Señor Crucificado, y con los pocos fondos que quedan relacionados, la relevó Su Señoría Ilustrísima de la pensión del Colegio Seminario Tridentino por ahora, y entre tanto logra aumentarse sus fondos.

 

Licencias [Al margen]

Y en vista de las licencias de decir misa, asimismo de predicar, confesar y administrar sacramentos en lengua castellana del bachiller don Pablo Silvio de Vela, por estar refundada en la forma debida, las dio Su Señoría Ilustrísima por visitadas, como también la decir misa en la capilla de la hacienda nombrada San Antonio de Padua; mandando que se use de ellas según su expresión y forma por el tiempo de la voluntad de Su Señoría Ilustrísima.

 

Testamento [Al margen]

Visitó el testamento o memoria nuncupativa so cuya disposición falleció don Domingo de Herrera, vecino //[9] que fue de dicho pueblo, instituyendo por albacea a don Juan Silvestre Gómez de Cosío, y por herederos a sus hijos; y reconocidas sus cláusulas y recibos presentados, dijo Su Señoría Ilustrísima que, haciendo constar el albacea haber pagado las mandas forzosas y las nueve misas que mandó el instituyente, lo declaraba y lo declaró por cumplido y pagado en lo tocante a la jurisdicción eclesiástica.

            Y por lo que respecta a las informaciones matrimoniales de libertad y soltura de los que pretenden casarse, mandó Su Señoría Ilustrísima que en las declaraciones de los testigos se haga expresión individual del tiempo que tienen de conocimiento de los pretendientes, y si éstos son viudos, expresen dónde y qué tiempo ha que enviudaron, declarando los testigos en qué modo les consta la viudez, de modo que no declarando de vista al menos dos de ellos, no se proceda a la celebración del matrimonio hasta que se justifique la viudez, con certificación en forma de la partida de entierro del marido o la mujer.//[10]

 

Doctrina cristiana [Al margen]

Igualmente mandó Su Señoría Ilustrísima que se observe y guarde lo mandado en los autos de visita de los Ilustrísimos Señores Obispos sus antecesores en cuanto a la enseñanza de la Doctrina cristiana y oraciones a los indezuelos e indezuelas todos los días, por medio del Fiscal, y también en cuanto a que se administre el Santísimo viático en el rural a los enfermos de fuera de la cabecera, sin que sea necesario que lo pidan cuando llamaren; e igualmente sobre que no se permita a ningún eclesiástico secular o regular que diga misa en enramada.

 

Misa de cuarta [Al margen]

Y que así el actual Vicario como sus sucesores cuiden de cobrar y colectar la limosna correspondiente a las misas de cuarta funeral de testamentos o memorias, las cuales por derecho tocan a la Mitra, y la importancia de lo que colectare la remita oportunamente //[11] a manos de Su Señoría Ilustrísima, para que a su satisfacción mande celebrar sus enunciadas misas. Y para el puntual cumplimiento, guarda y observancia de todo lo contenido, mandó Su Señoría Ilustrísima que este auto se le notifique al Cura Beneficiado y Vicario Juez Eclesiástico, y se ponga testimonio de él en el libro de Bautismos. Y así lo proveyó, mandó y firmó.

 

Fray Antonio, Obispo de Guadalajara [Rúbrica]

 

Ante mí.

José de Frutos [Rúbrica]

Secretario de visita

 

En el pueblo de Colotlán, a //[12] veinte y dos días de abril de mil setecientos setenta y seis años. Notifiqué el auto antecedente al señor don Antonio Canal Cura Vicario Juez Eclesiástico del pueblo de Huejuquilla, quien entendido de su contenido, dijo: lo oye, obedece y que cumplirá con lo que se le manda, y lo firmó, de que doy fe.

 

Antonio Canal [Rúbrica]

Blas de Silva [Rúbrica]

Notario mayor

 



[1] Archivo Histórico de la Arquidiócesis de Guadalajara, Sección Gobierno, Serie Visitas Pastorales, caja 6. La versión paleográfica es de Antonio Gutiérrez Cruz y esta parte va de la foja 220f a la 229f.

[2] Huejuquilla el Alto es hoy un municipio y su cabecera en la Región Norte del estado de Jalisco. Su toponimia deriva del náhuatl huejoquillan, diminutivo de sauce (huexatl, sauce, quililitl, verde y tlan-lugar). El pueblo se fundó en 1573 gracias al interés que en ello tuvo el pacificador de la gran Chichimeca, capitán Miguel Caldera. Su templo parroquial, dedicado a San Diego de Alcalá, se concluyó en 1649. En 1833 alcanzó el título de villa y en 1861 el de municipio. Allí nació la Cristiada. Tiene una extensión territorial de 717 kilómetros cuadrados, superficie accidentada con alturas que van de los 1 550  a los  1 750  metros. Su población es de poco menos de cinco mil habitantes..

[3] f. 234v.

[4] f. 235f.

[5] f. 235v.

[6] f. 236f.

[7] f. 236v.

[8] f. 237f.

[9] f. 237v.

[10] f 238fte.

[11] f 238vta.

[12] f. 239f.



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