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CIRCULARES


CIRCULAR 27/2016

Jornada por las Vocaciones Nativas. Domingo 21 de agosto de 2016

A toda la comunidad diocesana:

Les envío un saludo cordial en la misericordia del Señor.
Este año, la Jornada del Clero Nativo cambia a “La Jornada de Vocaciones Nativas”, a fin de contemplar no sólo la formación de los sacerdotes en tierras de misión, sino también a los religiosos y religiosas, de vida activa o contemplativa, en lugares donde la evangelización es un proyecto naciente. Ese año será, Dios mediante, el domingo 21 de agosto, con el lema “Iglesia, familia que alberga y sostiene a la vocación misionera”.

Es bueno descubrir cómo, en ámbitos aparentemente inhóspitos, Dios hace brotar vocaciones a la vida consagrada que son muestras de amor y de ternura para con su pueblo. Ellos son testigos que muestran el rostro de Dios Misericordia a sus hermanos que están empezando a creer en Jesús. Por ello, es conveniente cooperar económicamente para garantizar una sólida formación entre los llamados, y atender con urgencia y solicitud a las vocaciones nacientes en la Iglesia universal, en el sostenimiento de los formadores y profesores de noviciados y seminarios, de quienes depende la maduración y discernimiento de esas vocaciones y que, desgraciadamente, carecen de recursos para dedicar su vida a esta tarea de formación.

Pido a los párrocos y rectores de templos celebren en sus comunidades la Jornada por las Vocaciones Nativas, para orar al Dueño de la mies envíe obreros a su Iglesia, y obtener ayudas económicas para el sostenimiento y la formación de estas vocaciones, a través de la colecta especial de la financiación de “becas de estudio” y de “estipendios de misa” para formadores y profesores, para que “nadie quede excluido de la vocación consagrada por falta de recursos materiales o económicos” (san Juan Pablo II).

Que la Virgen María, toda Santa, interceda por nosotros.

Guadalajara, Jalisco, a 1º de julio del 2016, fiesta de los mártires mexicanos san Justino Orona Madrigal y san Atilano Cruz Alvarado.

+ José Francisco Card. Robles Ortega
Arzobispo de Guadalajara

Javier Magdaleno Cueva, Pbro.
Secretario Canciller


CIRCULAR 28/2016

Normas acerca de la pensión de los sacerdotes jubilados

A todos mis hermanos sacerdotes:

Saludo en especial a los sacerdotes jubilados en señal de afectuosa cercanía espiritual y de vivo reconocimiento por el servicio pastoral desarrollado, con la esperanza de que vivan con fe y alegría la nueva etapa de su ministerio; que el Señor nos colme de sus años.

El sacerdote siempre sigue siendo sacerdote y no es como un funcionario, sino que es siempre un pastor. He observado la generosidad con la que nuestro presbiterio asume las tareas pastorales y he quedado muy edificado por la actitud pastoral de quienes, después de haber desarrollado un amplio ministerio, han llegado a la edad de jubilación. Cuando la salud disminuye y las fuerzas se debilitan enormemente, resulta edificante el ejemplo de los sacerdotes jubilados que continúan su misión de orar y amar, y como atestigua san Pablo, “completando en mi propio cuerpo lo que falta a los sufrimientos de Cristo para bien de su cuerpo que es la Iglesia” (Col 1, 24).

Un sacerdote al llegar a la edad de los 70 años recibe por parte de la caja del arzobispado la ayuda del CAS; esta entrega se hace de forma trimestral, sabiendo que la ayuda se irá incrementando como se incremente su edad. Al sacerdote, como indica el Código de Derecho Canónico, una vez cumplidos los setenta y cinco años de edad, se le ruega que presente la renuncia al oficio respectivo al obispo diocesano, el cual, ponderando todas las circunstancias de la persona y del lugar, decidirá si debe aceptarla o diferirla (can. 538 § 3). Quienes a partir de esta edad son relevados de su cargo, reciben también en la caja del arzobispado lo correspondiente a su mesada.

El obispo diocesano ha de proveer al sustento y la vivienda convenientes de quien ha renunciado (can. 538 § 3), todo esto sólo para asegurar que el sacerdote jubilado continúe teniendo la posibilidad de hacer el bien con algún servicio pastoral y de sentirse buen pastor y miembro del presbiterio diocesano.

Pero, ¿qué pasa con nuestros hermanos sacerdotes jubilados?
He observado que la elección del lugar de residencia, en algunos casos, ha sido motivada por la necesidad de recibir una ayuda mensual constante. En otros casos la decisión de la residencia se toma de acuerdo con la cercanía del domicilio familiar o personal. También he constatado que existen presbíteros que pueden sostenerse por medios propios, que desean tener un ministerio sacerdotal y que, conociendo las necesidades y penurias económicas de otras comunidades, prestan su servicio generoso renunciando a todo tipo de ayuda económica.

Tras reflexionar sobre el modo de atender estas realidades de nuestro servicio ministerial, y por todo lo anterior, quiero dictar estas disposiciones:

A partir del 1º de agosto de 2016, todos los presbíteros en edad de jubilación, y aceptada ésta, deberán recibir en la caja del Arzobispado lo correspondiente a su mensualidad, más el beneficio respectivo del CASS.

Los presbíteros que por situación familiar, personal o de salud no puedan desplazarse a otra comunidad recibirán su mensualidad integra, y en cuanto al respectivo estipendio de las misas o servicios que presten en la parroquia de su domicilio, recibirán ese apoyo de esa comunidad.

Que los presbíteros en edad de jubilación que puedan y quieran prestar un servicio pastoral en una comunidad necesitada reciban nuevo oficio canónico, no elegible sino asignable, con una mensualidad del Arzobispado y otra proporcional de la comunidad que los recibe, en mutuo acuerdo con la Economía Diocesana. Los trabajos a comentar con el párroco no superaran lo siguiente: misa diaria, dos misas dominicales, confesar en una o dos misas y uno o dos grupos por semana.

Que los presbíteros que así lo quieran manifiesten por escrito si su mensualidad, prevista por el derecho, deciden donarla al sostenimiento de un sacerdote en comunidades necesitadas. Las comunidades que reciban a un hermano sacerdote jubilado deben acogerlo con veneración y gratitud, como miembro activo de la comunidad.

Ser adscritos no los convierte en clérigos vagos.

A todos los párrocos y rectores de iglesias les pido ser responsables y puntuales con su aportación del 10%.

Cuántos brillantes ejemplos hay de sacerdotes jubilados que no sólo edifican con su vida de oración, sino que continúan desvelándose activamente en el servicio de Dios y de la Iglesia, anunciando la Palabra de Dios, cumpliendo útiles y generosos ministerios y sembrando tanto bien. Mis hermanos sacerdotes jubilados, en los que encuentro numerosos casos realmente edificantes y ricos en frutos espirituales, más allá de las alegrías humanas y pastorales.

Con afecto en el Señor.

Guadalajara, Jalisco, a 27 de junio del 2016

+José Francisco Card. Robles Ortega
Arzobispo de Guadalajara

Javier Magdaleno Cueva, Pbro.
Secretario Canciller


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