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Sacerdotes sin libertad de expresión

 

 

+ Felipe Arizmendi Esquivel

 

 

Un agudo analista de la realidad eclesiástica mexicana, ofrece, a raíz de una reciente sanción impuesta a un ministro sagrada, a reconocer la raíz que a juicio del autor de estas líneas, priva del disfrute cabal de las garantías individuales en México a los ministros sagrados, aunque con ello pone en flagrante contradicción el derecho positivo de este país en materia de libertad de expresión[1]

 

1.      Ver

 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a la Secretaría de Gobernación sancionar al sacerdote Hugo Valdemar, director de comunicación social de la arquidiócesis de México, por llamar a votar en contra del Partido de la Revolución Democrática, a raíz de que los diputados de ese partido en la capital del país aprobaron leyes contra la vida y el matrimonio. El sacerdote dice no haber hecho proselitismo en contra, pues sólo una vez hizo esa declaración en un medio informativo, y por proselitismo se entiende una campaña reiterada y repetitiva.

Por otra parte, cuando los obispos hacemos declaraciones contra la homosexualidad, el aborto y otras leyes contrarias a la vida y a la familia, exponiendo la doctrina católica inspirada en la Sagrada Escritura, de inmediato nos quieren aplicar leyes restrictivas al derecho a defender nuestra fe. Dicen porque incitamos a la homofobia, que violamos el laicismo oficial, que pretendemos imponer nuestra moral a toda la sociedad, que queremos gozar de fueros. ¿Podemos o no podemos hablar, por ser ministros de culto?

 

2.      Juzgar

Tenemos el mandato divino de predicar la Palabra de Dios y denunciar lo que sea contrario a ella (cf Mc 16,15; Mt 28,19-20). Debemos ser respetuosos de las leyes civiles; pero cuando éstas violan derechos fundamentales y no son conformes a lo que Dios ha propuesto a la humanidad, tenemos obligación de denunciarlas, pues “hay que obedecer a Dios antes que a los hombres” (Hech 5,29) y “la Palabra de Dios no está encadenada” (2 Tim 2,9).

Nuestras leyes civiles, por otra parte, se contradicen. La Constitución nos reconoce el derecho a la libertad de expresión. La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en su artículo 2, dice que “el Estado mexicano garantiza a favor del individuo, los siguientes derechos y libertades en materia religiosa: No ser objeto de discriminación, coacción u hostilidad por causa de sus creencias religiosas. No ser objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa por la manifestación de ideas religiosas”. El artículo 9 establece que las Asociaciones Religiosas podrán “propagar su doctrina, siempre que no se contravengan las normas y previsiones de éste y demás ordenamientos aplicables”. El artículo 31 del Reglamento de dicha Ley indica que “no se requerirá de la autorización [de la Secretaría de Gobernación], en tratándose de programas informativos o de opinión sobre aspectos en materia de asuntos religiosos”.

¿Por qué digo que hay contradicción en las leyes? Porque nos autorizan a expresar nuestra opinión en materia de asuntos religiosos; propagar nuestra doctrina; no ser objeto de discriminación por creencias religiosas; no ser objeto de inquisición por la manifestación de ideas religiosas; pero el artículo 14 señala que “tampoco podrán los ministros de culto asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna”. El artículo 32 enumera posibles sanciones a quien quebrante esta ley: “apercibimiento, multa de hasta veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, clausura temporal o definitiva de un local destinado al culto público, suspensión temporal de derechos de la asociación religiosa, cancelación del registro”.

Nuestras creencias incluyen puntos que son atacados por algunos partidos políticos y sus candidatos abiertamente. ¿Ellos tienen derecho a destruir valores fundamentales de nuestra fe y hacer campañas en contra de lo que creemos, con el dinero de nuestros impuestos, mientras nosotros somos discriminados, amenazados y amordazados por defender nuestra fe? ¿Debemos ocultarla o disimularla, por miedo de ser sancionados? ¿Cuál libertad de expresión nos reconocen? ¿Podemos, como dice la ley, propagar nuestra doctrina, o debemos callar ante los políticos que la pisotean?

 

3.      Actuar

 

Es urgente proponer avances en materia de libertad religiosa, como un derecho fundamental para todos. ¡Que los legisladores no teman a la Iglesia! Los obispos y sacerdotes no ambicionamos el poder político, sino libertad para ofrecer la luz que hemos encontrado en Jesucristo, sin imponerla a nadie.



[1] Publicado en medios electrónicos por las agencias noticiosas ZENIT.org-El Observador, el 09.07.2011.

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